El día 22 del próximo mes, miércoles, se celebrará el tradicional Sorteo Extraordinario de Navidad de Loterías y Apuestas del Estado. En total, 14 millones de euros que se repartirán entre un montón de premios. El más cuantioso, ‘El Gordo, dotado de cuatro millones.
A la hora de cobrarlos surgen muchas dudas como si el derecho a percibir una prestación por desempleo sigue existiendo después de recibir este dinero, o si también se puede optar a recibir subvenciones o ayudas públicas.
No es necesario incluirlo en la declaración de la renta
En primer lugar, no será necesario declarar el premio cobrado por la Lotería de Navidad en la declaración de la renta: la Agencia Tributaria ya conoce el destino de ese premio y por eso no es necesario volver a declararlo en el IRPF.
¿Se pueden recibir ayudas públicas?
También es posible, siempre y cuando las ayudas públicas no tengan en cuenta los ingresos extraordinarios, como lo es la Lotería de Navidad. Si alguien se beneficia de una ayuda pública, no es necesario devolverla o dejar de percibirla por haber recibido el premio de la lotería.
¿Se puede seguir cobrando el paro?
Es posible seguir cobrando el paro aunque se haya recibido un premio de la lotería. La prestación por desempleo no tiene en cuenta el nivel de renta ni los ingresos extraordinarios del beneficiario.
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