Sociedad

8 claves para entender la sentencia sobre “el derecho al olvido”

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado la razón a la Agencia Española de Protección de datos en su disputa con Google al dictaminar que los servicios de motor de búsqueda en Internet deben retirar de la Web los nombres de quienes así lo soliciten.

¿Qué es el derecho al olvido? Este derecho se puede definir como el que tiene el titular de un dato personal a borrar, bloquear o suprimir información personal que se considera obsoleta por el transcurso del tiempo o que de alguna manera afecta el libre desarrollo de alguno de sus derechos fundamentales. En ocasiones puede colisionar con la libertad de expresión.

¿Por qué el reclamo? Hasta la llegada de internet salvaguardar este derecho no era en exceso complicado, pero ahora la red nos muestra una capacidad de almacenaje ilimitada y en algunas ocasiones esto puede significar el fin del olvido. Este martes, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dado la razón a la Agencia Española de Protección de datos en su disputa con Google al dictaminar que los servicios de motor de búsqueda en Internet son responsables de los datos personales incluidos en las páginas web que tratan.

¿Cómo empezó todo? El litigio se remonta al año 2010, cuando la Agencia Española de Protección de Datos exigió a Google que eliminase en los resultados de sus búsquedas los vínculos al anuncio publicado en un periódico de una subasta de inmuebles relacionada con un embargo por deudas a la Seguridad Social. La Agencia actuó a petición del ciudadano mencionado en ese anuncio, que alegaba que el embargo al que se vio sometido en su día está totalmente solucionado y resuelto desde hace años y carece de relevancia en la actualidad, por lo que no quería que apareciera cuando se buscara su nombre en Google.

¿Por qué es importante la sentencia? En su sentencia de este martes, el Tribunal de Justicia concluye que Google  es responsable del tratamiento que aplique a los datos de carácter personal que aparecen en las páginas web publicadas por terceros y por tanto debe respetar la directiva comunitaria sobre protección de datos. El Tribunal contradice la opinión del abogado general, Niilo Jääskinen, que en junio de 2013 había dado la razón a Google.

¿Qué consecuencias tiene esta sentencia para Google?  Le afecta directamente. Al tener una oficina en España, se somete a la normativa española de Protección de Datos. Eso supone que la Agencia Española de Protección de Datos puede vigilar su comportamiento y sancionarles en caso de no cumplir la ley

¿Qué ha respondido la compañía?  Google ha considerado "una decisión decepcionante para los motores de búsqueda y editores online en general". En un comunicado, la directora de Comunicación y Asuntos Públicos de Google para el sur de Europa, Marisa Toro, asegura que están "muy sorprendidos de que difiera tan drásticamente de las conclusiones del Abogado General y de las advertencias y las consecuencias que ya identificó".

¿Qué dice la Agencia Española de Protección de Datos? La agencia, que ha celebrado esta resolución, señala que espera que el buscador norteamericano "cumpla a partir de ahora" con la normativa europea de protección de datos y "respete los derechos de los ciudadanos". A su entender, la sentencia "impedirá que se vuelvan a producir intentos de sortear su aplicación con el consiguiente perjuicio para los afectados".

¿Fue este  el único caso? En abril de 2011, la AEPD pidió a Google que eliminase los enlaces a todo contenido relacionado con 90 personas que habían reclamado judicialmente su derecho al olvido, individuos que buscan que su nombre deje de aparecer en el popular buscador asociado a un falta o delito del pasado, a un hecho concreto que no quieren que se recuerde o a un grupo o asociación al que ya no pertenecen, entre otros muchos casos.

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