Las sospechas de presunto alzamiento de bienes por parte de los integrantes de la trama Nóos, lejos de disiparse, se siguen multiplicando semana a semana.
La Policía Judicial y la Fiscalía Anticorrupción han logrado localizar los 400.000 euros que Iñaki Urdangarin y su socio Diego Torres retiraron de una cuenta en Andorra justo cuando el juez Castro ordenó su bloqueo. Los fondos desviados, procedentes del Instituto Nóos, se han localizado en Luxemburgo, lugar al que habrían ido a parar un total de 1,4 millones de euros públicos desviados por el duque de Palma, según publica este miércoles el diario ‘El Mundo’.
Siguiendo una operativa considerada como "muy rudimentaria" por los investigadores, el dinero fue ingresado en sucesivas pequeñas aportaciones en una cuenta bancaria conjunta en el Principado, para ser trasvasados a continuación hasta el ducado centroeuropeo.
El Ministerio Público atribuye a Urdangarin y a Diego Torres la propiedad, tanto de la cuenta andorrana como de la luxemburguesa, que en los últimos años fue engordando con los fondos de Nóos que se evadían a través de una tapadera en el paraíso fiscal de Belice, De Goes Center for Stakeholder. Dicha sociedad, administrada por un testaferro panameño, se utilizó para colocar al menos un millón de euros en el Caribe.
Los investigadores siguen acumulando pruebas del desvío de fondos por parte de Urdangarin y su mano derecha para así fijar contra ellos una fianza millonaria de responsabilidad civil. Uno de los mecanismos empleados para el alzamiento de bienes que ya ha sido localizado tiene que ver con la imputación de la mujer de Torres, Ana Tejeiro, a la que interceptaron 300.000 euros de Nóos, procedentes de un fondo suizo, que pretendía ingresar en efectivo en cuentas a su nombre en Barcelona y Alicante.
Urdangarin dice que sus posibles delitos entre 2003 y 2005 ya han prescrito
El Duque de Palma ha reclamado a la Audiencia Provincial de Palma que, si del informe que la Agencia Tributaria de Catalunya se desprende que incurrió en posibles delitos fiscales en relación a 2003, 2004 y 2005, se declaren prescritos y "no sean valorados a efectos procesal o penal alguno".
Así lo expone su letrado, Mario Pascual Vives, en el recurso de apelación que ha interpuesto contra uno de los últimos autos del juez instructor de las pesquisas sobre el Instituto Nóos, José Castro, quien, a petición de la Fiscalía Anticorrupción, ha solicitado a la Delegación de Hacienda de Catalunya datos fiscales de Nóos y de las entidades a él vinculadas referentes a esos años.
En su recurso, la defensa asegura que la Jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Constitucional, así como el Código Penal, establecen que la prescripción "es causa de extinción de la responsabilidad penal". "En consecuencia, si el delito está prescrito no hay ni puede haber responsabilidad penal ", incide el abogado.
Por tanto, recalca que "por obvio que parezca, si los ejercicios fiscales de cualquier empresa correspondientes a los años 2003, 2004 y 2005 están prescritos", no pueden ser investigados en sede penal.
Apoya TU periodismo independiente y crítico
Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación