Sociedad

Prótesis, productos dietéticos y transporte no urgente, a cargo del usuario

Son considerados 'servicios accesorios' y no serán abonados por la Sanidad, según el Real Decreto-Ley que publica este martes el Boletín Oficial del Estado. El porcentaje de aportación del usuario se regirá por las mismas normas que regulan la prestación farmacéutica. 

Los usuarios de la Sanidad pública tendrán que pagar parte de las prótesis, los productos dietéticos e incluso el transporte sanitario no urgente, de acuerdo con el decreto que publica hoy el BOE, que considera estos productos y actividades como "servicios accesorios" sujetos a aportación por parte del usuario, según EFE. 

El porcentaje de aportación del usuario "se regirá por las mismas normas que regulan la prestación farmacéutica, tomando como base de cálculo para ello el precio final del producto y sin que se aplique ningún limite de cuantía a esta aportación".

Así se establece en el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado viernes.

Ese tipo de prestaciones -ortoprotésica, productos dietéticos y transporte sanitario no urgente-, que se dispensan de manera ambulatoria, estarán incluidas en la cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud.

También destaca en la norma la modificación del artículo relativo al desarrollo de los servicios comunes, entre los que no se incluirán aquellas técnicas, tecnologías y procedimientos que no tengan suficientemente probada su "contribución eficaz a la prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y curación de las enfermedades, conservación o mejora de la esperanza de vida, autonomía y eliminación o disminución del dolor y el sufrimiento".

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