Recientemente, se ha podido saber que el Tribunal Supremo ha desestimado por 'extemporánea' la demanda de revisión que presentó en su día Mediaset contra la sentencia que declaró al grupo de comunicación ITV, titular de los derechos de propiedad intelectual del programa 'Pasapalabra', incluyendo 'El rosco'.
El grupo de comunicación Mediaset pidió al Supremo revisar la sentencia dictada en 2016 por la Audiencia Provincial de Madrid, que devino firme en 2019 por sentencia del alto tribunal y que condenó a la empresa a restituir a ITV las ganancias obtenidas por el uso del formato al haber infringido sus derechos.
La demanda se basó en una sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de noviembre de 2022 sobre un pleito entre la compañía holandesa MC&F y Atresmedia, que concluyó que la titular de los derechos de propiedad intelectual sobre 'El Rosco', la última prueba del programa, era MC&F y no ITV.
Los plazos, factores clave en el resultado de esta sentencia
El Supremo, de acuerdo con lo defendido por la Fiscalía y por ITV, explica que Mediaset ha incumplido el requisito que exige interponer la demanda dentro de un plazo de caducidad de tres meses desde el día en que se descubrieron los documentos que se consideran decisivos para solicitar la revisión de una sentencia firme.
ITV aportó una carta del abogado de Mediaset fechada el 31 de mayo de 2017 que, según el Supremo, evidencia que la empresa conocía los documentos en los que funda la revisión al menos desde esa fecha.
Además, el Supremo recuerda que la citada sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona no es firme; hay de hecho recursos extraordinarios por infracción procesal y casación ante el propio Supremo, pendientes de resolución.
Apoya TU periodismo independiente y crítico
Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación