La banca y el millón cuatrocientos mil personas afectadas por las cláusulas suelo tienen este miércoles la mirada puesta en el Tribunal Supremo. La Sala de lo Civil se reúne en un Pleno jurisdiccional para analizar cómo deben acatar los tribunales españoles el fallo de Luxemburgo.
El pasado mes de diciembre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) obligó a la banca española a devolver todo lo que cobró de más con las cláusulas suelo de los créditos hipotecarios, más allá de mayo del año 2013. La Unión Europea enmendaba así la plana al Supremo al sostener que la limitación temporal de la devolución de las cláusulas suelo no es compatible con el derecho comunitario. Sí cabe la retroactividad.
Según informan fuentes de este órgano judicial, el fallo del Luxemburgo "es muy claro" y no deja margen de dudas ya que la banca no tiene más salida actualmente que devolver todo el dinero que cobró a sus clientes con las polémicas cláusulas suelo. Sin embargo, los nueve magistrados de la Sala Civil -diez una vez que tome posesión la recién nombrada magistrada del Tribunal Supremo María de los Ángeles Parra- tienen ahora que establecer qué criterios uniformes deben seguir los jueces y tribunales españoles a la hora de aplicar el fallo de la Unión Europea.
Fuentes de la Sala consultadas por Vozpópuli explican que se acatará la sentencia europea "sin reservas" mientras reconocen que el punto más difícil de articular es cómo revisar las sentencias de aquellos afectados por cláusulas suelo a los que la Justicia dio ya una respuesta firme -que ahora debe ser corregida- sin colapsar los tribunales. Cómo se debe interpretar la cuestión de causa juzgada o la prescripción en estos casos son algunas de las cuestiones que deberá aclarar el tribunal.
El Pleno de lo Civil tiene previsto este miércoles estudiar dos asuntos -un recurso que afecta a BBVA y otro a Caja Teruel- cuyas ponencias han correspondido a los magistrados Ignacio Sancho Gargallo y Pedro José Vela Torres. Sin embargo, aunque se analicen dos recursos concretos, el objetivo de la Sala que preside el magistrado Francisco Marín Castán es alcanzar un acuerdo que proporcione unas directrices generales a jueces y magistrados de nuestro país para resolver el aluvión de pleitos tras el fallo de Luxemburgo.
Un varapalo al TS
En mayo del 2013, el Supremo dictó la primera sentencia sobre cláusulas suelo donde declaró algunas nulas por falta de transparencia pero sostuvo que dicho fallo no podía aplicarse de forma retroactiva. "No ha lugar a la retroactividad de esta sentencia, que no afectará a las situaciones definitivamente decididas por resoluciones judiciales con fuerza de cosa juzgada ni los pagos ya efectuados en la fecha de publicación de esta sentencia", exponía entonces el Alto Tribunal.
El TJUE fue taxativo al afirmar que los jueces españoles no pueden aplicar limitaciones temporales a la hora de resolver pleitos de cláusulas suelo
Tres años y siete meses después, Europa dijo lo contrario: "Dichos órganos jurisdiccionales (tribunales españoles) deberán abstenerse de aplicar, en el ejercicio de su propia autoridad, la limitación de los efectos en el tiempo que el Tribunal Supremo acordó en la sentencia de 9 de mayo de 2013, puesto que tal limitación no resulta compatible con el Derecho de la Unión".
Este fallo supuso un auténtico varapalo para el Alto Tribunal español al que se acusó de optar por la solución menos desfavorable para la banca en 2013. El resto ya es conocido. Tras una "respuesta laxa" vino el tirón de orejas de Luxemburgo.
Por su parte, ante la previsible avalancha de reclamaciones judiciales de clientes afectados por las cláusulas suelo, el Gobierno aprobó un real decreto para establecer un sistema extrajudicial que agilice la recuperación del dinero por parte de los recurrentes.