"Abre la puerta a muchas reclamaciones", explica Alegría Cuevas, abogada del caso. Su clienta acaba de ganar un juicio a Cofidis, la entidad financiera especializada en créditos, consiguiendo la nulidad del contrato de su préstamo al considerar sus cláusulas abusivas. Según explica la letrada, el interés era un 20,83 TAE cuando "le debían aplicar un 8%". El Banco de España recomienda que los intereses de los créditos al consumo se sitúen entre el 6 y el 9%.
La clienta solicitó un "crédito revolving" de 7.000 euros a Cofidis. Según explica la propia entidad en su página web, estos productos tienen la peculiaridad de que se convierten en una "línea de crédito permanente" ya que "el dinero que devuelve mes a mes queda disponible para que puedas volver a solicitarlo cuando quieras". Además, se puede "devolver anticipadamente, total o parcialmente, el capital que te quede pendiente, sin gastos de administración asociados".
"En este tipo de créditos no se aplicaba la Ley de la Represión de la Usura al entender que uno, libre y voluntariamente, había aceptado las condiciones", asegura Alegría que explica como a su clienta le reclamaban 5.000 euros cuando la cantidad que aún debía, cuando dejó de pagar las cuotas, era de aproximadamente 2.000 euros.
La sentencia establece que no se deben pagar los gastos de penalización por impago ni los gastos del seguro
La sentencia, que es recurible, declara nulo el préstamo, establece que no se deben pagar los gastos de penalización por impago ni los gastos del seguro, declarándose nulos los intereses. El fallo se basa en una sentencia previa del Tribunal Supremo del 25 de noviembre de 2015 relacionada con otro préstamo revolving que considera que "a este tipo de créditos se le aplica la Ley de Represión de la Usura contra el límite a la autonomía de la voluntad".
Los créditos ofrecidos por este tipo de entidades se caracterizan por no pedir demasiadas garantías a quien solicita el crédito y no ofrecer préstamos de más de 15.000 euros, como es el caso de Cofidis, a devolver en como mucho cinco años. El punto negativo se encuentra, no solo en los altos intereses, sino que, como ya ha advertido la OCU, si por alguna razón se deja de pagar las cuotas aparecerán comisiones que pueden hacer que harán que la deuda suba rápidamente, llegando a acercarse al principal en algunas ocasiones como el de este caso en concreto.