Energía

España prohíbe "de facto" el uso de biocombustiles basados en cultivos asociados a la deforestación en 2025

Los combustibles elaborados a base de cultivos asociados a la deforestación, como la palma, dejarán de poder computar como "renovables" a partir de 2025 en España, lo que supone su prohibición "de facto" en el país, que además

  • Imagen de una quema de vegetación para ganar tierras de cultivo en Brasil -

Los combustibles elaborados a base de cultivos asociados a la deforestación, como la palma, dejarán de poder computar como "renovables" a partir de 2025 en España, lo que supone su prohibición "de facto" en el país, que además, por primera vez, incorpora la aviación y a la navegación en el cálculo de los objetivos de descarbonización del transporte.

Según la orden del Ministerio para la Transición Ecológica publicada en el Boletín Oficial de Estado (BOE), que establece nuevas bases para alcanzar el objetivo de renovables a 2030, también se incluyen, por primera vez, tecnologías como el biogás, el hidrógeno y otros combustibles renovables de origen no biológico, como los sintéticos, para lograrlos.

Tanto los nuevos modos de transporte como los nuevos combustibles se incentivan respecto de los hasta ahora incluidos con el fin de impulsar su desarrollo.

La regulación europea establece que la energía renovable debe representar, al menos, un 29 % de la demanda para transporte en 2030. Para lograr este objetivo, el ordenamiento jurídico español establece una senda creciente de penetración, hasta ahora centrada en biodiésel y bioetanol y con un objetivo de penetración del 12 % a 2026.

Los operadores al por mayor de productos petrolíferos (Repsol, Cepsa, BP, Galp, Shell, etc) deben incorporar estos biocarburantes en el mercado de un modo proporcional a sus ventas y si no logran los objetivos marcados tienen que abonar una compensación económica.

La nueva orden no modifica esa senda de penetración, pero sí que potencia las energías renovables en el transporte en detrimento de los combustibles fósiles, introduciendo mejoras, entre ellas la transposición de varias disposiciones europeas con anticipación a los horizontes de aplicación previstos en ellas.

Biogás, hidrógeno y sintéticos computarán el doble

A partir de 2025, el biogás, el hidrógeno y los combustibles renovables de origen no biológico (RFNBO, por sus siglas en inglés) podrán computar para el cálculo de cumplimiento de los objetivos "verdes" en materia de transporte, junto a biodiésel y bioetanol.

Para fomentar la producción y el consumo de los primeros, cada unidad energética puesta en mercado se valorará el doble que la de biodiésel y bioentanol.

A partir del presente ejercicio, computarán para el cálculo de los objetivos europeos de descarbonización del transporte la aviación y la navegación, difícilmente electrificables.

Para acelerar su transición, cada unidad energética renovable consumida en el aire o en el mar tendrá un multiplicador de 1,2 sobre la consumida en tierra firme

Con estas medida, el Gobierno busca dar seguridad jurídica y potenciar los proyectos en curso en España para la producción de combustible de aviación (SAF) -se prevé una capacidad de 1,6 millones de toneladas para 2030- o de e-metanol para buques, con varias iniciativas que convertirán los puertos españoles en referencia mundial.

España se adelanta

Junto al fomento de nuevos combustibles, la orden elimina la posibilidad de cumplir los objetivos de renovables en transporte mediante el consumo de biocombustibles obtenidos a partir de materias primas con alto riesgo de cambio de uso de la tierra (ILUC, por sus siglas en inglés) a partir de 2025. Por ahora, en este catálogo la Unión Europea incluye la palma, a la que está previsto que se sume la soja.

De facto, esto supone su "prohibición" o eliminación del mercado de estos combustibles, mucho más caros que los tradicionales y que, por tanto, no se usarán si los agentes no los pueden utilizar para dar cumplimiento a sus obligaciones renovables.

Ecologistas y científicos llevan años advirtiendo de los impactos de la soja o la palma en la deforestación, así como en la pérdida de biodiversidad, el cambio climático y la seguridad alimentaria, pues restan terrenos a otros cultivos.

En 2019, la Comisión Europea catalogó el aceite de palma como materia prima de alto riesgo de ILUC y aprobó su eliminación gradual como combustible renovabable a 2025, después de que un informe encargado por la propia CE demostrara que los biocombustibles producidos con este aceite y con soja generan tres y dos veces más de emisiones que el diésel fósil, respectivamente.

La soja, a pesar de que su cultivo causa la deforestación en algunos de los ecosistemas más biodiversos del mundo, especialmente en América del Sur, quedó fuera de dicho calendario, aunque se negocia su incorporación. Así, España se estaría adelantando en ponerle coto pues, además, limita su uso al 3 % en 2024 y al 2,6 % en 2026.

De acuerdo con los últimos datos oficiales existentes, los biocarburantes fabricados a partir de palma representaron en 2022 el 0,51 % en términos energéticos del consumo de combustibles de automoción en España, mientras que los hechos a partir de soja representaron el 0,06 %, según APPA.

Inhabilitación a incumplidores

Por otra parte, la orden ministerial refuerza y flexibiliza el Sistema de Certificación de Biocarburantes y la Plataforma SICBIOS, empleada para supervisar el cumplimiento del objetivo de combustibles renovables en transporte.

Así, se elevan a seis las categorías de certificados en función de su origen –desde RFNBO a materias lignocelulósicas no alimentarias– para reflejar mejor las distintas rutas tecnológicas, y se habilita el traspaso de certificados excedentarios sobre la obligación de cada agente, de modo que pueda aprovecharlos otro agente o el mismo agente al año siguiente.

También se introducen certificaciones provisionales trimestrales y pagos de compensación anticipados, que se incrementan en función del grado de incumplimiento de objetivos.

Con un déficit de certificados superior al 75 % de la obligación, el pago compensatorio se mantiene en 1.623 euros por certificado deficitario. Para un déficit de entre el 60 y el 75 %, el pago se incrementa un 10 % y si no se alcanza el 60 %, un 25 %, pudiendo inhabilitarse al incumplidor.

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