El Gobierno ha aprobado este martes la concesión de dos préstamos a la Seguridad Social: uno de 14.000 millones de euros procedentes de un crédito extraordinario y otro de 16.500 millones de euros dirigido especialmente el pago de prestaciones por desempleo, para poder dotar de liquidez al sistema.
"Hemos aprobado medidas para paliar el impacto del covid en las cuentas de la Seguridad Social. Sus ingresos se van a ver reducidos por la caída de las cotizaciones sociales o porque hemos adoptado medidas para no dañar al tejido productivo como la exoneración de cuotas en los ERTES. Además, los gastos se han incrementado por las medidas –prestación por cese de actividad para autónomos o periodos de baja por aislamiento o contagio-. Para mantener el equilibrio presupuestario y seguir con este esfuerzo ha sido necesaria la aportación de un crédito extraordinario del Estado de 14.002 millones de euros a la Seguridad Social", ha explicado la ministra portavoz, María Jesús Montero, en rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
Este préstamo se complementará con otro de 16.500 millones de euros para poder pagar las prestaciones por desempleo y dar liquidez a la Seguridad Social.
Un mes más de aplazamiento de impuestos
Montero ha anunciado también este martes que se amplía de tres a cuatro meses el periodo en el que las pymes y los autónomos pueden aplazar el pago de impuestos, que deberá ascender como mucho a 30.000 euros.
"Una de las primeras medidas que se aprobó en el consejo del 12 de marzo fue la posibilidad de que estos colectivos pudieran aplazar las obligaciones tributarias hasta un máximo de 30.000 euros en seis meses, con los tres primeros meses sin intereses. Este decreto amplía de 3 a 4 meses el periodo en el que los autónomos y pymes pueden aplazar los impuestos sin intereses", ha explicado la portavoz y ministra de Hacienda.
Según sus estimaciones, en total hasta ahora las empresas y autónomos han aplazado pago de impuestos por valor de 3.031 millones de euros.
También se ha aprobado una adaptación para que las empresas no hayan podido aprobar sus cuentas en el momento de presentar el Impuesto de Sociedades puedan presentarlo con las cuentas que tengan disponibles hasta ese momento.