Economía

Otro 'sí es sí': los sindicatos advierten de que la reforma de la sedición afectará al derecho a manifestarse

Las centrales reclaman que esta modificación del Código Penal se haga en un proyecto de ley con todos los controles y garantías y advierten de que la reforma puede afectar a la libertad de expresión y manifestación

  • Oriol Junqueras y Carles Puigdemont en el Parlamento Catalán en 2017

Otro efecto no deseado que puede restringir libertades en una reforma que pretende ampliarlas, como ha ocurrido con la Ley del sí es sí. Es lo que se está gestando en la polémica reforma de la sedición respecto al derecho a la libertad de expresión y a manifestarse, advierten los sindicatos. Las centrales reclaman que esta modificación del Código Penal se haga en un proyecto de ley con todos los controles y garantías y no en una proposición de ley, sobre la que la oposición ha alertado de su tramitación exprés y con nocturnidad.

Comisiones Obreras ha manifestado su preocupación ante la iniciativa impulsada por los Grupos parlamentarios Socialista y de Unidas Podemos en el Congreso a través de una proposición de ley. Entre las modificaciones incluidas en el texto, se encuentra la reforma de artículos relacionados con el delito de desórdenes públicos, cuya nueva tipificación y agravamiento podría implicar restricciones en el libre ejercicio de las actividades que, con reconocimiento constitucional, se llevan a cabo por los sindicatos y otros movimientos sociales.

Se incluye la modificación de artículos que ya sufrieron cambios en 2015 como consecuencia de la reforma del Código Penal que acompañó a la aprobación de la Ley de Protección Seguridad Ciudadana, la denominada Ley Mordaza. La ley que se está tramitando vuelve a reformar los delitos recogidos en el artículo 557 y siguientes, y deja abierta a una interpretación posterior de la ley la posible criminalización de las legítimas actividades sindicales y las protestas sociales, avisa CCOO.

Ejemplo de ello es la incorporación al tipo penal de los actos de intimidación ambiental y sobre las cosas, la mayor penalización de la ocupación simbólica de espacios, o la ambigüedad sobre las posibles interpretaciones del nuevo concepto de "multitud" respecto a las concentraciones o manifestaciones legales, algo que les genera inquietud.

En concreto, el artículo 577 dice ahora: "Serán castigados con la pena de prisión de seis meses a tres años los que, actuando en grupo y con el fin de atentar contra la paz pública, ejecuten actos de violencia o intimidación sobre las personas o las cosas; u obstaculizando las vías públicas ocasionando un peligro para la vida o salud de las personas, o invadiendo instalaciones o edificios".

Para esas conductas prevé una "pena de prisión de tres a cinco años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por el mismo tiempo cuando se cometan por una multitud cuyo número, organización y propósito sean idóneos para afectar gravemente el orden público. En caso de hallarse los autores constituidos en autoridad, la pena de inhabilitación será absoluta por tiempo de seis a ocho años".

El Parlamento, a juicio de CCOO, "tiene la obligación de velar por la defensa de las libertades y los derechos fundamentales que deben ser preservados ante una reforma que, si bien contempla una vertiente positiva como la relativa a la supresión como agravante del hecho de que los desórdenes públicos se lleven a cabo en manifestaciones o reuniones numerosas, también incorpora modificaciones e introduce nuevos conceptos que podrían facilitar una intervención del ordenamiento penal más represiva con los derechos de manifestación y reunión", advierte.

CCOO también ha lamentado que la iniciativa haya sido presentada como una proposición de ley por las formaciones que apoyan e integran el Gobierno y no mediante un proyecto de ley por este último, lo que cree que habría permitido un "mayor diálogo y un debate más sosegado sobre cuestiones que afectan a derechos y libertades fundamentales como las de reunión y manifestación".

Comisiones confía en que durante la tramitación de la ley los grupos proponentes sean capaces de reconducir el texto en aquellas cuestiones que puedan implicar una intervención más punitiva del Código Penal vigente y no permitan que se ahonde en la criminalización de las protestas y reivindicaciones de la sociedad civil organizada.

A pesar de la brevedad de la tramitación de la reforma, el sindicato "tratará de incidir en lo posible para revertir unos cambios que podrían perjudicar el ejercicio del derecho a la libertad de expresión mediante la protesta y la manifestación".

Víctor Sunkel, socio director de Sunkel & Paz Penalistas, advierte de que "la reforma del artículo 577 plantea incógnitas sobre cómo se va a interpretar qué es actuar en grupo contra la paz pública y obstaculizar las vías públicas ocasionando un peligro". Este penalista ve justificada la alarma de los sindicatos y señala a la paradoja de que ahora mismo se estén convirtiendo en "garantes de la legalidad, sustituyendo al CGPJ".

Despenalización de los piquetes

Este escenario paradójico se está produciendo después de que el Gobierno de Pedro Sánchez promoviera una ley que se aprobó el 14 de abril de 2021 que despenaliza a los piquetes. Se trata de una reforma del Código Penal que registraron UGT y CCOO en el Congreso y lideraron PSOE y Podemos por la que se deroga el artículo 315.3 del Código Penal, que establecía penas de cárcel y multas para "quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga".

El artículo 315 del Código Penal, que penaliza al empresario que impide a un trabajador secundar una huelga y que incrementa las penas en caso de coacciones no se ha derogado.

Esta reforma se volvió en contra del Gobierno el pasado marzo, cuando en plena huelga de transportistas veía coartado el control de los piquetes violentos.

El control de Consejo de Estado

El uso de la proposición de ley para tramitar reformas complejas y controvertidas se extiende. La proposición de ley que crea los impuestos a banca y energéticas, que ahora ha añadido también el de grandes fortunas vía enmienda, se ha saltado los controles del Consejo de Estado, del CGPJ y otros organismos, y no ha contado con la opinión de los afectados, cuando afecta a principios comunitarios y constitucionales.

Sin embargo, la proposición de ley tampoco es garantía completa, como muestra la Ley del sí es sí, que se ha saltado controles a pesar de ser un proyecto de ley. El informe del Consejo de Estado indicó que "la redacción es susceptible de mejora", el informe de Consejo Económico y Social señaló que "se observa incongruencia entre los objetivos y el contenido de los artículos", mientras que el informe de la Agencia de Protección de Datos destacó que "no existen las garantías que requiere el reglamento general", lo que no se tuvo en cuenta. En situación similar podría situarse la Ley Trans que tramita el Congreso.

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