Un hombre ha sido condenado a trece años y medio de prisión por la Audiencia Provincial de Málaga por un delito continuado de abusos sexuales a menores de 16 años y otro de tenencia de material pornográfico infantil. Este individuo aprovechaba los tiempos a solas con su hija, de cinco años, para realizarle tocamientos en sus partes y llevar a cabo otro tipo de agresiones sexuales. Un día, tras uno de estos encuentros, la pequeña contó todo a su madre que procedió a denunciar. Los investigadores, al analizar el contenido de los dispositivos móviles e informáticos, descubrieron que el acusado poseía más de 3.000 fotografías y vídeos de pornografía infantil en los que sobre todo había imágenes de menores de muy corta edad.
El investigado ha reconocido todos los hechos de los que estaba acusado según se recoge en la sentencia. En 2019 el matrimonio se divorció porque la mujer del encausado encontró en su móvil varios archivos de contenido pedófilo. Tras esto, pactaron la regulación de las relaciones paterno filiales, de modo que la mujer tenía la guarda y custodia de la pequeña mientras que al hombre le correspondía estar con la cría en fines de semana alternos.
Las fechas no son muy exactas pero parece que fue a primeros de 2022, cuando empezaron los abusos a la pequeña, que ese año cumplía los cinco años. “Con motivo de satisfacer de forma habitual sus deseos sexuales, y en el transcurso del régimen de visitas señalados”, apunta la sentencia, el padre aprovechaba los momentos en los que bañaba a la menor para realizar los tocamientos, acto que habría ocurrido al menos cuatro veces. Sin embargo, todo se
destapó después de que la pequeña pasara un fin de semana de julio en casa de su progenitor. En esa ocasión, el procesado y su hija estaban viendo una película infantil y el hombre, guiado por igual ánimo lascivo, volvió a realizar tocamientos a la pequeña en la zona genital. Pero esta vez fue a más. La niña, “sorprendida, apartó de inmediato la mano de su padre”, pese a lo que el hombre continuó hasta que satisfizo sus deseos libidinosos. Tras regresar de su estancia con su padre, la pequeña contó todo a su madre que denunció los abusos a su hija.
Durante la investigación, se descubrió la gran cantidad de pornografía infantil que el acusado guardaba. Los agentes intervinieron en el domicilio del procesado numerosos discos duros, así como tablets, pendrives y otros dispositivos. El análisis de su contenido, según se deduce de la resolución, fue un auténtico horror para los investigadores. Solo en uno de los teléfonos móviles incautados, señala el fallo, “se localizaron una cantidad ingente de imágenes de fotografías y vídeos de pornografía infantil, en su inmensa mayoría de niñas de muy corta edad, incluido bebés”. Buena parte de estos archivos contenían eran de carácter extremo y recogían agresiones sexuales, en algunos casos “especialmente degradantes y humillantes”.
De igual forma, mantiene la resolución, se localizaron 531 archivos de contenido pedófilo a través de la aplicación de mensajería WhatsApp entre ese mismo terminal y otro móvil que también era propiedad del acusado. Se trataba de un material que poseía para compartirlo en otros foros. De hecho, “constaban mensajes enviados a través de la red social Facebook a otros usuarios en el que el acusado proponía un intercambio de pornografía infantil”. A ello, se suman además los más de 2.740 archivos de contenido pedófilo que fueron localizados en uno de los pen drive intervenidos, siendo su finalidad también la de tenencia para uso propio y de distribución.
Condenado a siete años y medio por los abusos
A este individuo, la Audiencia Provincial de Málaga lo ha condenado a siete años y seis meses de cárcel por los abusos y la agresión sexual a su hija, y otros cinco años por la posesión de los archivos de contenido pedófilo. Además, se le ha impuesto la prohibición de aproximarse o de comunicarse con la víctima durante un plazo de 22 años, y tendrá que indemnizarla en la cantidad de 10.000 euros por los daños morales ocasionados. Igualmente, se le ha privado de la patria potestad durante 30 años, tiempo en el que estará inhabilitado para cualquier profesión, oficio o actividad, sea o no retribuida, que implique contacto regular y directo con menores.
Además tendrá que cumplir 20 años de libertad vigilada y, entre otras medidas, tras salir de prisión no podrá comunicarse con menores de edad por ninguna aplicación de mensajería o red social durante 15 años.
Los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia Provincial han condenado al procesado como autor de un delito continuado de abusos sexuales y un delito de tenencia y distribución de material pornográfico con menores, con la concurrencia de las atenuantes de la reparación del daño y la atenuante analógica de confesión de los hechos.
Tikamak
¿Una indemnización de 10.000€ sólo ? Si solo en terapias necesitará mucho más.
Ibero
A los animales hay que controlarlos o encerrarlos
ArchieEnVozpopuli
Sería muy oportuno que se investigaran y se publicaran las penas que se ha ahorrado ese cana&lla por estar vigente en la fecha del delito la abominable "Ley del sólo sí es sí" (¡qué nombrecito!) creada y puesta en vigor por esa tropa de deg$eneradas que okupaba un ministerio dizque "de ayuda a la mujer", por designación del dotor, marido de la catedrástica, que defendió tal engendro. Publicar sirve para hacernos idea de en qué manos estábamos y estamos.