El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha suspendido cautelarmente la medida impuesta por el Gobierno de Canarias para exigir el pasaporte covid o alguna prueba diagnóstica para acceder a los locales de restauración y hostelería.
El Gobierno de Canarias había establecido esta medida para las islas que se encontraban en nivel 4 y requería que el 50% del aforo en el interior de los establecimientos estuviera cubierto con clientes vacunados con la pauta completa, con una prueba diagnóstica de infección activa realizada en las últimas 72 horas o con una certificación de haber pasado la enfermedad en los últimos seis meses.
Decisión recurrida
Esta decisión ha sido recurrida por una asociación de empresarios a los que el TSJC ha dado la razón de forma cautelar.
Asimismo el TSJC ha suspendido el cierre total entre las 0 y las 6 de la mañana de los locales y el límite de aforo en el interior de los establecimientos, que para las islas en nivel 4 queda fijado en un 50 por ciento.