Comunidad Valenciana

Los vecinos de Requena cargan contra la "insensibilidad" del PSOE por 'asaltar' la alcaldía en pleno caos por la DANA

Los socialistas aceleraron la moción de censura para evitar que se agotara el plazo legal de diez días fijado por la ley

La moción de censura por la que el PSOE valenciano ha arrebatado al PP la alcaldía de Requena ha sorprendido, y enconado, a los ciudadanos por producirse en plena gestión de la crisis provocada por las inundaciones del pasado 29 de octubre. La inoportunidad e insensibilidad de proseguir con este relevo al frente del Gobierno local entre tanto dolor de los vecinos les resulta poco comprensible.

El origen de esa rigidez para que la política partidista siga adelante frente a otras prioridades vitales hay que encontrarlo en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) que establece unos plazos temporales muy rígidos para la presentación y la celebración del pleno en el que se debate la moción de censura.

Diez días hábiles

El artículo 197 de la Loreg recoge que el "alcalde puede ser destituido mediante moción de censura" y que los requisitos para su presentación incluyen que lo haga "la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación y habrá de incluir un candidato a la Alcaldía, pudiendo serlo cualquier concejal cuya aceptación expresa conste en el escrito de proposición de la moción".

Este trámite se completó el pasado 21 de octubre (8 días antes de la destructiva DANA) y en el argumentario de la moción se explicaba que había una «absoluta falta de capacidad e interés para gobernar» del PP local y, en especial, de su alcaldesa Rocío Cortés.

La intención de impulsar inversiones y ejecución de obras en el municipio unió al PSPV, con Mario Sánchez a la cabeza (el actual nuevo alcalde) y al partido Requena y Aldeas (PRyA).

El punto C del artículo 197 explica que "el documento así diligenciado se presentará en el Registro General de la Corporación por cualquiera de los firmantes de la moción, quedando el Pleno automáticamente convocado para las doce horas del décimo día hábil siguiente al de su registro".

Esta es la cuestión clave para entender que la moción de censura venía establecida legalmente en cuanto a sus plazos y cuando se presentó nadie podía prever.

La posible renuncia

Ahora bien, los concejales que propusieron la moción de censura tenían la opción de renunciar a ella: algo que no se produjo. Las consecuencias de haber renunciado a ella tambén son claros según la Loreg. Y es que establece que "ningún concejal puede firmar durante su mandato más de una moción de censura".

Esa retirada habría atado de pies y manos a la oposición que ya no podría intentar abordar un cambio en la Alcaldía en lo que resta de legislatura. El nuevo alcalde pertenece al PSOE local que fue en las elecciones de mayo de 2023 el partido más votado, pero la unión de PP y Vox le impidió alcanzr la vara de mando que ahora sí ha logrado de la mano del partido de ámbito local.

La maniobra ha sido muy criticada por el PP al entender que no se debe producir un relevo en la Alcaldía en plena gestión de una crisis  de tal magnitud como la que ha dejado las inundaciones derivadas de la crecida del río Magro. La promesa del nuevo alcalde es que en esta cuestión "iremos todos a una para ayudar a los vecinos" a recuperar la normalidad.

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