España

La Fiscalía y Begoña Gómez fían la causa a la Audiencia de Madrid, que resolverá el 30 de septiembre

La instacia superior al juez Peinado estudiará el próximo el 30 de septiembre los recursos presentados por el Ministerio Público y el abogado Antonio Camacho

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, acompañado de su mujer Begoña Gómez, se acerca a su colegio electoral para ejercer su derecho en Madrid
Pedro Sánchez acompañado de su mujer, Begoña Gómez EFE/ Ballesteros

La decisión del juez Juan Carlos Peinado de citar como testigo a Pedro Sánchez ha hecho saltar todas las alarmas. La Fiscalía y la defensa de Begoña Gómez se han puesto manos a la obra para salir en defensa del presidente del Gobierno en una estrategia procesal que parece ir en la misma dirección. Confían la causa a la Audiencia Provincial de Madrid para tratar de frenar la investigación del juzgado madrileño contra la mujer del jefe del Ejecutivo.

El Ministerio Público y el abogado Antonio Camacho buscan paralizar la causa que puede acabar con la imagen de un juez entrando en el Complejo Presidencial de la Moncloa, al menos, hasta que se resuelvan los recursos remitidos a la Audiencia madrileña. Tal y como adelantó Vozpópuli, la respuesta de la Audiencia madrileña no llegará hasta este otoño. Este miércoles, la Sección 23 de la Audiencia Provincial ha fijado para el 30 de septiembre la deliberación, votación y fallo de los recursos de apelación que presentaron por el Ministerio Público y la defensa en torno al caso de Begoña Gómez.

En manos de la instancia superior al magistrado Peinado está el futuro de la causa, después de que la defensa ejercida por el ex ministro socialista presentara un recurso de apelación solicitando el archivo del caso. El fiscal, por su parte, pidió "delimitar" el objeto de la investigación al considerar que el juez dirige una "causa general" contra la mujer del presidente del Gobierno. En esta idea ha vuelto a incidir el Ministerio Público en el recurso de reforma presentado este martes ante el Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid.

El representante del Ministerio Fiscal reprocha al juez que continúe con la instrucción a pesar de que el objeto de la misma -marcado por el magistrado en su auto del 1 de julio- esté recurrido ante la Audiencia Provincial de Madrid. "La causa sigue adelante con una amplitud claramente desmesurada y carente de cualquier precisión o definición", señala el fiscal en su escrito.

En consecuencia, la Fiscalía solicita al titular del juzgado madrileño que deje sin efecto la providencia por la que acordó citar como testigo al líder socialista. Solicita frenar la declaración de Pedro Sánchez para que la Audiencia Provincial de Madrid pueda resolver sobre delimitar o no la investigación contra Gómez por un presunto delito de tráfico de influencias y corrupción en los negocios o, tal y como pide la defensa, archivarla.

Fiscalía y defensa señalan al juez por dirigir una "investigación prospectiva"

La Fiscalía sigue la hoja de ruta marcada por la defensa de Begoña Gómez al catalogar la investigación de "prospectiva", un calificativo incluido anteriormente por el abogado Antonio Camacho en el recurso presentado el pasado 7 de julio ante la Audiencia Provincial de Madrid. En esta ocasión, el Ministerio Fiscal va un paso más y apunta directamente contra el instructor al entender que la citación de Pedro Sánchez responde más a "circunstancias accesorias de la grabación de imágenes del testigo en el Palacio de la Moncloa" que a justificar dicha decisión. En definitiva, desliza que la decisión del juez se debe a la supuesta necesidad del mismo de obtener una foto del presidente del Gobierno declarando en un procedimiento judicial.

Del mismo modo, la Fiscalía y la defensa de la mujer del secretario general del PSOE critican la actuación del juez respecto al resto de investigados. Señalan la "enorme complejidad" que supone, a nivel procesal, que el instructor cambiase la condición de testigos a imputados de Carlos Barrabés y el rector de la Universidad Complutense de Madrid, Joaquín Goyache, justos después de su declaración en sede judicial. Esto se debe a que como testigos están obligados a decir verdad, imperativo al que no están sujetos los imputados en una causa.

Ahora, a la espera de que la Audiencia Provincial de Madrid se pronuncie sobre el futuro de la causa, el juez deberá responder a los recursos presentados este mismo martes. Cabe la posibilidad de que, de manera subsidiaria, el magistrado mantenga la citación de Sánchez, pero que le otorgue la posibilidad de que declare por escrito.

Sánchez podría no declarar por ser el marido de Begoña Gómez

En todo caso, el presidente del Gobierno podría negarse a declarar ante el juez, que no de comparecer, escudándose en su condición de cónyuge de la investigada. Su matrimonio con Begoña Gómez podría ser el arma perfecta para no tener que enfrentarse a una declaración, eso sí, el presidente del Gobierno no podría evitar la foto de Peinado entrado en el Complejo Presidencial de la Moncloa.

El artículo 416.1 de la ley de Enjuiciamiento Criminal señala que el juez instructor advertirá al testigo de que no tiene obligación de declarar en contra del procesado, en el caso de "parientes en líneas directa ascendente y descendente, su cónyuge o persona unida por relación de hecho análoga a la matrimonial, sus hermanos consanguíneos o uterinos y los colaterales consanguíneos hasta el segundo grado civil".

Esta excepción permitiría a Sánchez negarse a declarar si le preguntan sobre hechos delictivos que comprometan a su esposa. Si por el contrario decide enfrentarse a las preguntas del juez, su declaración como testigo está recogida bajo la premisa de decir la verdad. Esta última opción permitiría al instructor de la causa contra Begoña Gómez preguntar al líder del Gobierno de coalición sobre su presencia en las reuniones de Carlos Barrabés y su esposa en Moncloa.

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  • T
    Termopidas

    La comparecencia es obliga... aunque no declare...
    El juez Peinado, sin despeinarse ni un pelo... Ira camino de Moncloa.. Con los técnicos de grabación...

  • N
    NormaDin

    Que el régimen haya decidido autoeximirse de cualquie conducta ilícita de sus componentes no vincula al órgano judicial encargado de resolver los recursos, quien de cidirá ejerciendo su potestad. Es más, si alguien considera que las actuaciones del juez instructor son prevaricadoras (así se ha proclamado desde el régimen, entre otras lindezas) ya tendrían que haber hecho lo propio, mediante la correspondiente acción ante el órgano competente. No hacerlo, les delata.

  • P
    petaca

    Todos sabemos que la función de la Fiscalía es promover e impulsar la acción de la justicia, asegurar la legalidad e imparcialidad del funcionamiento de la justicia y la protección de los derechos de algunos colectivos, como menores, personas con discapacidad, etc
    ja ja ja a disfrutar de lo votado en el chiringuito con unas cañas , todos son una purria, pero mientras españolitos de mier....a seguir poniendo viva el rey viva sanchez ..a proposito llevaros unos nenas a vuestras casa que yo se q teneis una habitacion libre con baño...y sino a la casa de la playa o a la del pueblo q es mas grande, nada nos seais insolidarios progesistas de mier..a o es mas facil ser progesista con el dinero de los demas, purrias q sois unos purrias .q os den..

  • S
    simarro

    AUTÓNOMO
    Ya sabes,
    ¡Quien Roba a un Ladrón (en España políticos & Familia) tiene 100 años de perdón!

  • L
    luki

    El día 30 de septiembre fin de show y tirón de orejas por fallos de instrucción. Ojo

    • P
      Pepepelotas

      El fallo en la instrucción no borra el delito. La UCM incumplió e incumple la legalidad poniendo a esta señora, sin preparación y sin cumplir la legalidad como directora de la cátedra, es más sigue apareciendo en la pagina web de las cátedras, ella solo como directora no aparece ninguna otra persona, aparte de los chanchullos promocionados por su marido. Vulnera el articulo 13 del Reglamento de cátedras de la U. Complutense.
      https://www.transformacionsocialcompetitiva.com/catedra/

  • M
    Maurizio111

    La confianza en la Audiencia Provincial se refiere a que PARE, DETENGA la instrucción del juez de modo que ellos quedan impunes, que es lo que buscan siempre estos delincuentes.