La Audiencia Provincial de Madrid ha estimado la causa de abstención planteada por la juez que el pasado 25 de enero suspendió el juicio que se celebraba contra el diputado de Más País Íñigo Errejón por un presunto delito leve de maltrato a raíz de una denuncia presentada por un vecino de Lavapiés.
En un auto firmado el miércoles, recogido por Europa Press, la Sección Tercera ha explicado que en este caso la titular del Juzgado de Instrucción número 16 de Madrid, Margarita Valcarce, "no se limitó a incoar el juicio por delito leve, sino que previamente practicó diligencias de instrucción que pueden comprometer objetivamente su imparcialidad". Según han explicado los magistrados, el derecho a un proceso con todas las garantías impone que el objeto procesal sea resuelto por un órgano judicial independiente e imparcial del que haya participado en la instrucción.
La magistrada elevó su abstención a la Audiencia Provincial de Madrid el mismo día del juicio después de que el Ministerio Fiscal asegurara que veía "vulnerado el principio de imparcialidad objetiva" al ser la juez que juzga la misma que dirigió la investigación.
En el marco del auto, se ha precisado que ahora la causa relativa a Errejón corresponderá al juez sustituto legal del Juzgado de Instrucción Número 16, que en este caso es el titular del Juzgado de Instrucción número 43 de Madrid.
Patada a un vecino de Lavapiés
Errejón está acusado de un delito leve de maltrato, una conducta tipificada en el artículo 147.3 del Código Penal y que prevé pena de multa de entre uno y dos meses para los autores, con una cuantía que depende de la solvencia económica del acusado. El líder de Más País fue denunciado en la Policía por un hombre de 67 años que aseguró que el pasado 2 de mayo se acercó a Errejón en una calle del barrio madrileño de Lavapiés para pedirle una foto pero este se negó y, al insistirle, el político le pegó una patada en el estómago. El pasado día 25, al llegar a los juzgados, el diputado explicó que no contempla asumir responsabilidades políticas, ya que considera un "disparate desagradable" su acusación en este procedimiento.