España

Expertos juristas dudan de que Sánchez pueda prohibir la entrada a Milei en España sin una sentencia

El encontronazo con el presidente argentino ha provocado un debate entorno a las herramientas con las que contaría el Ejecutivo para impedir la próxima visita de Milei a Madrid

Pedro Sánchez ha inaugurado el camino a las elecciones europeos con el inicio de dos crisis diplomáticas. En concreto, la guerra abierta con el presidente Javier Milei sienta un precedente sin igual en España. Sánchez amaga con prohibir la segunda visita a nuestro país del dirigente argentino. Un mensaje que desde el otro lado del Atlántico no ha sido bien recibido. Milei lo tiene claro: viajará a Madrid el próximo 21 de junio a pesar de la oposición del presidente español.

El encontronazo entre ambos líderes ha provocado un debate entorno a las herramientas con las que contaría el Ejecutivo, en el caso de optar por esta decisión, de impedir la visita del socio de Abascal a España. Vozpópuli consulta con juristas las opciones del Gobierno y la legalidad de la estrategia barajada por el equipo del ministro José Manuel Albares. Entre las diferentes posturas analizadas, el mensaje común es claro: No hay ninguna persona que tenga "vetada", de facto, su entrada en España.

A priori, el presidente argentino podría acceder a territorio español sin ningún problema al contar con un pasaporte válido y "sin que él pese una sanción internacional". El único caso conocido por la mayor parte de expertos consultados, en el que se puede impedir la entrada de un ciudadano extranjero con todos sus papeles en regla, sería que "sobre él pesase alguna sanción internacional o que tenga una orden de entrega a algún tribunal internacional". Este era el caso de la exvicepresidenta venezolana Delcy Rodríguez, que forma parte de los múltiples funcionarios venezolanos que la Unión Europea sancionó en 2018.

La condición de persona non grata "carece de base jurídica"

Sea como fuera, la mayoría de voces entrevistadas por este medio mantienen que las herramientas con las que cuenta Pedro Sánchez para imponer una orden de estas características "carece de base jurídica". El Ejecutivo podría, en todo caso, declarar a Milei persona non grata, una medida diplomática que podría el balón en el tejado del presidente de Argentina.

Dicha condición es vista por alguno de los expertos como "un invento sin base jurídica, una manifestación de voluntad sin peso legal". Y es que el Gobierno "no puede dictar sentencias, tan sólo órdenes con resoluciones administrativas". Este sería el tipo de procedimiento administrativo que el Ministerio de Asuntos Exteriores puede reservar en la trastienda diplomática y que, Pedro Sánchez, podría activar esgrimiendo que las declaraciones del líder argentino sobre el Ejecutivo atentan contra el pueblo español.

"No se puede prohibir a nadie la entrada en un país, para eso hay que dictar un procedimiento administrativo y que sea autorizado por las autoridades competentes", comenta un experto jurista. En este caso, la competencia en fronteras pertenece a la Policía Nacional y a la Guardia Civil.

La opción barajada por Sánchez choca contra la ley de extrajería

Tal y como detalla esta misma fuente, el Gobierno tendría que someterse a un procedimiento administrativo que, fuera de plazos y burocracia, chocaría de pleno con la Ley Orgánica 4/2000, o ley de extranjería, ya que Milei cumple los requisitos recogidos en la misma. "En la práctica, las amenazas de Sánchez responden a delirios de grandeza que no se corresponden con la realidad jurídica de nuestro país", sentencia.

Los expertos consultados comparten la idea de que esto se trata de una "decisión gubernamental", una especie de gracia reservada para los gobiernos. "Para que sea legal tendría que existir una sentencia, una decisión de un juez que de lugar a prohibición legal".

Entre las fuentes tratadas, existen voces que defienden que el Gobierno de Sánchez "tiene capacidad suficiente como para prohibirle la entrada al país a cualquier persona". La herramienta sería declarar al presidente Milei persona non grata y emitiendo una orden de prohibición de entrada. No obstante, si el Ministerio quiere que dicha resolución cuente con carácter jurídico, "tendrá que solicitarle a un juez que se dicte una orden de entrada contra esta persona y que el juez decida".

En todo caso, la condición de persona non grata solo está prevista jurídicamente para personal de Misiones Diplomáticas y Consulares. El artículo 9 de la Convención de Viene sobre Relaciones Diplomáticas, promulgada el 18 de abril de 1961: "El Estado receptor podrá, en cualquier momento y sin tener que exponer los motivos de su decisión, comunicar al Estado acreditante que el jefe u otro miembro del personal diplomático de la misión es persona non grata".

Todavía queda por ver cuál será la estrategia defensiva del equipo de Albares tras los ataques perpetrados por el presidente Milei contra el Ejecutivo y la mujer de Pedro Sánchez. El dirigente argentino calificó de "corrupta" a Begoña Gómez, después de que el Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid ordenara abrir diligencias para investigar sus negocios con empresas privadas.

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