España

La familia de un militar español muerto en Mali reclama una indemnización de 150.000 euros

El episodio tuvo lugar en mayo de 2018, cuando el vehículo militar en el que viajaba el infante de Marina Antonio Carrero volcó tras cruzarse con un autobús en las inmediaciones de Mopti

  • Fotografía facilitada por el Ministerio de Defensa del soldado de Infantería de Marina Antonio Carrero Jiménez .

La fatalidad tuvo lugar en una carretera maliense, en las inmediaciones de Mopti, el 18 de mayo de 2018. Un autobús se cruzó en el convoy militar español y uno de los vehículos Lince del Ejército de Tierra volcó en la cuneta. El militar que iba en la torreta, el infante de Marina Antonio Carrero, perdió la vida en el accidente. Ahora, sus familiares reclaman una indemnización a la empresa aseguradora del vehículo por un importe próximo a 150.000 euros.

Según señala el despacho de abogados, el Ejército de Tierra, propietario del vehículo Lince accidentado, tiene asegurada la responsabilidad civil derivada de los hechos de la circulación con la compañía AIG Europe Limited mediante un seguro colectivo. Es a esta firma a la que se le reclama una indemnización por daños personales por valor de 71.884,48 euros para cada uno de los dos familiares del fallecido, tal y como adelanta La Voz de Cádiz y ha confirmado Vozpópuli a través de fuentes cercanas al proceso. En total, 143.768,96 euros.

La demanda, tramitada por el despacho de abogados Bufete Osuna, supone una reclamación de indemnización de daños y perjuicios. En ella se relatan los acontecimientos que tuvieron lugar en esa jornada: "El vehículo sufrió un accidente de tráfico, cuando al no caber por la calzada los dos vehículos que se cruzaban en sentidos contrario, se salió de la carretera por el lado derecho de su sentido de circulación".

El relato, al que ha tenido acceso este diario, sigue así: "Al tratar de volver a la misma, el conductor perdió el control del vehículo al chocar la rueda trasera con el desnivel existente entre la calzada y la cuneta, por lo que el vehículo volcó y atravesó la carretera dando una vuelta de campana, quedando finalmente volcado en la cuneta, fuera de la calzada, por el lado izquierdo de su sentido de circulación".

El papel de la aseguradora

Desde el despacho de abogados señalan que "la aseguradora se defiende y sostiene que la culpa de lo ocurrido fue del autobús del país africano", pero que las reclamaciones en Mali son "prácticamente imposibles" debido a sus "estructuras judiciales arcaicas" y "otros muchos problemas". Por eso consideran que la aseguradora no debe considerar "como motivo de exención de responsabilidad" que se achaque la culpa al autobús implicado en el suceso. 

"De haber tenido existencia real e intervención en el siniestro, [el conductor del autobús] se hubiera detenido y hubiera sido identificado, pero lo cierto es que no hay colisión ni identificación de tercero alguna -señala la demanda-. Tal alegación por parte del seguro tiene por objeto tratar de imposibilitar a los perjudicados la reclamación, en cuanto es imposible demandar a un seguro desconocido en un país con estructuras judiciales arcaicas como Mali".

La demanda apela a la Ley de Contrato de Seguro, así como al reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de julio de 2007 relativo a obligaciones extracontractuales, para pedir la indemnización a la aseguradora. El trámite se ha realizado en el "tribunal del domicilio del asegurado", que en este caso es Cádiz, "como se acredita con certificado de empadronamiento".

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