Política

El Constitucional prohíbe utilizar la Ley de Seguridad Nacional para controlar a los Mossos, como pretende Sánchez

La Abogacía del Estado desaconsejó al Gobierno de Rajoy utilizar esta norma como respuesta al desafío separatista: "El Gobierno no podría destituir a ningún mando operativo o político de los Mossos" 

  • Pedro Sánchez

La precipitación de Pedro Sánchez a la hora de amenazar al separatismo catalán con instrumentos como la Ley de Seguridad Nacional pueden costarle al Gobierno un revés judicial de consecuencias imprevisibles. El Tribunal Constitucional (TC) prohíbe expresamente la utilización de la Ley de Seguridad Nacional para tomar el control de los Mossos d'Esquadra y las competencias de orden público en Cataluña, tal y como pretende Sánchez como paso previo a una aplicación del artículo 155.

Así consta en una sentencia del TC de diciembre del 2016. El Alto Tribunal avaló la constitucionalidad de la ley, aprobada en 2015 con los votos de PP y PSOE, en un fallo que desestimaba un recurso de inconstitucionalidad precisamente de la Generalitat de Cataluña.

Sin embargo, el Constitucional impuso una interpretación restrictiva de la norma para que la Ley de Seguridad Nacional no pudiera ser utilizada para quitar a la Generalitat el control de los Mossos o los servicios de protección civil por la puerta de atrás y sin activar el 155. El líder del PP, Pablo Casado, también ha defendido esta vía, que entraña graves riesgos para el Estado en sede judicial. 

Ley de Seguridad Nacional vs. 155

Tal y como ha informado este diario, Sánchez sopesa utilizar la Ley de Seguridad Nacional para controlar a los Mossos como paso previo a un 155 ante una hipotética escalada de tensión en Cataluña. El Gobierno, dice, quiere prevenir un escenario de desobediencia después de la sentencia del Supremo contra los líderes del proceso separatista, que se conocerá a mediados de octubre.

El problema es que Sánchez puede chocar con el TC. Esta fue una de las razones que llevó al Gobierno de Rajoy a descartar esta vía y centrarse en la aplicación del 155, que es el artículo constitucional que permite a la Administración central intervenir todas las competencias de una comunidad autónoma. La Abogacía del Estado, según ha sabido Vozpópuli, también desaconsejó este instrumento legal.

"Nunca estuvo encima de la mesa. La ley de Seguridad Nacional está pensada más para labores de coordinación en casos de catástrofes e incidentes mayores", dicen fuentes del anterior Ejecutivo. "Con esta ley, por ejemplo, el Gobierno no podría destituir a ningún mando operativo o político de los Mossos". 

La ley faculta al Gobierno para declarar una "Situación de Interés para la Seguridad Nacional". Esta situación, que se sustancia mediante real decreto, debe definir la crisis, el ámbito geográfico del territorio al que afecta, la duración del proceso y el nombramiento de una autoridad y sus competencias para "dirigir y coordinar las actuaciones que procedan".

TC: "Respetar las competencias"

El entorno de Sánchez dice además que en la actual coyuntura, con las Cortes disueltas y las elecciones generales el 10 de noviembre, no haría falta ni el Consejo de Ministros. Y que el presidente del Gobierno tendría la capacidad de activar la ley mediante un decreto de Presidencia. Esta opción evitaría a Sánchez tener que pasar por el Congreso para convalidar el decreto.

Sin embargo, el TC deja claro en su sentencia que "la competencia estatal de coordinación presupone, lógicamente, la existencia de competencias autonómicas que deben ser coordinadas, competencia que el Estado debe respetar, evitando que la coordinación llegue ‘a tal grado de desarrollo’ que deje vacías de contenido las correspondientes competencias de las Comunidades Autónomas".

Es decir, añade el Tribunal, "la situación de interés para la seguridad nacional no supone una alteración del esquema competencial, ya que parte de la base de que cada Administración seguirá ejerciendo sus competencias".

El precedente de Pérez de los Cobos

Según esta doctrina, el Gobierno podría nombrar un coordinador policial con la capacidad de organizar a los distintos cuerpos policiales desplegados en Cataluña para afrontar la crisis. Pero los Mossos seguirían dependiendo de la Generalitat. 

Sánchez se enfrentaría a una situación similar a la que se vivió en los días previos al referéndum del 1-O. La Fiscalía nombró un mando único de las distintas fuerzas policiales que debían intervenir para frenar la consulta. La tarea se asignó al coronel de la Guardia Civil, Diego Pérez de los Cobos.

Fracaso rotundo. Pérez de los Cobos dijo en sede judicial que el papel de los Mossos el 1-O fue "una estafa" pensada para facilitar el referéndum. La diferencia es que a Pérez de los Cobos se le nombró por mandato judicial, y en el caso de la Seguridad Nacional sería una orden política

Sánchez no ha consultado a nadie

El presidente del Gobierno en funciones ha dado un giro radical a su estrategia en Cataluña sin encomendarse, ni hablarlo o negociarlo con otras fuerzas políticas como PP y Ciudadanos.

El Ejecutivo socialista no ha consultado a los responsables del anterior Gobierno de Rajoy, que recopilaron una exhaustiva documentación con decenas de escenarios legales de respuesta al desafío separatista catalán. Sánchez tampoco se ha puesto en contacto con los líderes de PP y Ciudadanos.

En el primer aniversario del 1-O y con muchos más incidentes que el martes -fecha del segundo aniversario-, el Gobierno apelaba al diálogo y llamaba pirómanos a los que defendían el 155.

Un año después, con las elecciones del 10-N a la vuelta de la esquina, la retórica de Sánchez con el separatismo ha alcanzado niveles de dureza que no se conocieron ni en los momentos más tensos de la presidencia de Rajoy.

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