España

Las víctimas acudirán a Estrasburgo ante la rebaja en las condenas de sus agresores

Algunas víctimas abren la vía al Tribunal Constitucional y el TEDH en aquellos casos en los que el Supremo revise a la baja las penas en aplicación a la ley del 'solo sí es sí'

  • Vista general el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo (Francia).

La rebaja de condenas a agresores sexuales por la aplicación de la conocida como ley del 'solo sí es sí' amaga con terminar en Europa. Algunas víctimas abren la vía ya a recurrir ante el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ante la posibilidad de que la Justicia revise a la baja la pena de sus agresores, en aplicación de la reforma legal impulsada por el Ministerio que dirige Irene Montero.

"¿Quién va a resarcir a la víctima de la rebaja de la pena?", se pregunta la defensa de una de ellas. Al igual que otras mujeres, está a la espera de que la Justicia mueva ficha con su agresor, sobre el que figuran sendas condenas por agresiones sexuales continuadas. En estos momentos audiencias provinciales de toda España y tribunales superiores de Justicia están revisando las condenas en aplicación a la 'ley del sólo sí es sí'.

Se espera que dichas resoluciones se terminen recurriendo ante el Tribunal Supremo, aunque este órgano ya tiene sobre la mesa recursos interpuestos durante la tramitación de esta ley. Son estos condenados, precisamente, los que antes se beneficiarán de la respuesta de la Sala de lo Penal, ya que los magistrados revisarán sus condenas pudiéndose beneficiar de la reducción de las penas recogidas en la ley estrella de Irene Montero.

La vía de Estrasburgo

Algunas víctimas contemplan con especial preocupación este escenario y no descartan abrir su propio camino para evitar que se reviertan las condenas dictadas antes de la reforma del Código Penal. Al respecto acudirían, en primer término, al Tribunal Constitucional denunciando una vulneración de derechos y, tras ello, a Estrasburgo. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, erigido como máxima autoridad para la garantía de las libertades fundamentales en Europa, terminaría por revisar el contenido de este cambio legal.

No obstante, tendrían que agotar primero los recursos nacionales antes de acudir a la jurisdicción del TEDH. Fuentes jurídicas consultadas por Vozpópuli explican que las víctimas deberían presentar demanda al amparo de lo recogido en el artículo 13 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, de 1950. Éste indica que toda persona cuyas libertades hayan sido violadas tienen derecho a la concesión de un recurso efecto ante una instancia nacional.

La ministra de Igualdad, Irene Montero, este miércoles, en Madrid.
Montero reacciona descalificando a los juecesEFE

Con todo, Europea ha reforzado la protección a las víctimas. Así, por ejemplo, la Comisión Europea presentó en 2020, con motivo de la pandemia, su primera estrategia para garantizar que todas las víctimas de delito puedan invocar plenamente sus derechos. La acción, vigente hasta 2025, se diseñó con dos objetivos: empoderar a las víctimas que denuncien delitos y reclamen una indemnización y, en segundo lugar, colaborar con los interlocutores en materia de derechos a las víctimas.

Sea como fuere, antes de acudir a Estrasburgo y al Tribunal Constitucional, se pronunciará sobre este asunto el Tribunal Supremo. Los casos se estudiarán de manera individualizada de manera que no se busca fijar un criterio único de actuación; máxime teniendo en cuenta que cada condena tiene unas peculiaridades en función del delito o de si ha habido agravantes. La Sala de lo Penal espera pronunciarse sobre los primeros recursos en cuestión de semanas.

Revisión a la baja

Mientras tanto, se cuentan ya por decenas las revisiones en tribunales de toda España de las condenas por delito de abuso sexual. En la mayoría de los casos (como los analizados por la Audiencia Provincial de Madrid, Baleares, León u Orense) se han acordado rebajas en aplicación de lo contenido en la ley del 'solo sí es sí'. Cabe recordar que la norma unifica el delito de abuso sexual en agresión rebajando en algunos casos las penas máximas recogidas en el Código Penal.

Así, la pena de prisión máxima ante cualquier acto de agresión sexual se reduce de cinco a cuatro años. Del mismo modo, pasa de seis a cuatro años la pena mínima para las violaciones "con introducción de miembros corporales". La pena máxima para este tipo penal se mantiene en 12 años. En el caso de agresión sexual con agravante el Código Penal contemplaba, antes de su reforma, de cinco a 10 años de cárcel. Ahora, con la ley del 'sólo sí es sí', se contemplan horquillas de los dos a los ocho años.

La consecuencia directa de esta modificación penal ha sido la revisión a la baja de muchas condenas. En algunos casos, incluso se ordenó por parte del tribunal la "inmediata" puesta en libertad de los encarcelados por estos delitos. Con todo, los magistrados han plasmado en todas sus revisiones que la aplicación de estas reducciones de pena se produce a tenor del cambio legal y ante la ausencia de disposición transitoria que se pronuncie sobre los efectos retroactivos.

La Fiscalía unifica criterio

Ante estas circunstancias se aplica lo recogido en el artículo 2.2 del Código Penal relativo a la aplicación de la norma más favorable para el reo. Precisamente, este ha sido uno de los puntos candentes que defienden los jueces frente a los continuos ataques desde Podemos que les acusan de ser "fachas con toga" y de actuar con machismo y prevaricación en sus resoluciones.

En respuesta, tanto el CGPJ como las cuatro asociaciones de jueces han salido en defensa de la carrera tildando de "intolerables" las descalificaciones. Además, la mayoritaria Asociación Profesional de la Magistratura y Foro Judicial Independiente han pedido la dimisión de Irene Montero recordándole que el propio CGPJ advirtió en su informe de febrero de 2021 que la reforma legal implicaría una rebaja de las penas y una revisión de las condenas dictadas, aunque fueran firmes.

Por su parte la Fiscalía General del Estado ya ha movido ficha para unificar criterio. El Ministerio Público que hasta la fecha se ha pronunciado tanto a favor como en contra de las rebajas (en función del caso) va a recabar todos los informes fiscales emitidos hasta el momento para "realizar un seguimiento" de aquellas resoluciones que supongan una reducción de condena.

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