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Caso Villarejo: la Audiencia Nacional descarta investigar a FG por usar recursos del BBVA

Francisco González no será investigado por administración desleal en la Audiencia Nacional. La Sala de lo Penal da la razón al expresidente del BBVA y le retira el delito de

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Francisco González no será investigado por administración desleal en la Audiencia Nacional. La Sala de lo Penal da la razón al expresidente del BBVA y le retira el delito de administración desleal que el juez del caso Villarejo le atribuyó el pasado mes de julio por haber hecho uso de recursos del banco para investigar el estado de unas fincas que pretendía adquirir. Los magistrados estiman su alegato y explican que no se han afectado los intereses de la entidad ni de sus accionistas con estos hechos.

Así consta en un auto de este 22 de diciembre y al que ha tenido acceso Vozpópuli, en el que la Sección Tercera añade, además, que de tener que investigarse estos hechos se haría fuera del caso Villarejo. Según razonan, este tema nada tiene que ver con el procedimiento en el que se indagan todos los encargos de espionaje que el policía efectuó mientras estuvo en activo. Por tanto, el asunto que pidió investigar la Fiscalía Anticorrupción, sale de esta novena pieza dedicada exclusivamente a los proyectos que Villarejo realizó para el BBVA.

"Parece claro que los hechos, de resultar acreditados, se habrían cometido al margen de la organización criminal investigada, y por personas ajenas a esta, con lo que las eventuales infracciones penales carecerían de la conexidad", concluyen. Aunque no cierran la puerta a que se pudiera producir delito de apropiación indebida, lo que sí determinan es que el uso de recursos del banco para el análisis de las fincas no ha perjudicado ni al BBVA ni a sus accionistas. "De resultar acreditada la conducta tendría una repercusión nimia en el patrimonio de la sociedad y sería moderado el riesgo reputacional", alegan los magistrados.

Las fincas del forensic

De este modo la Sala tumba la pretensión de la Fiscalía Anticorrupción y entiende que no existe delito societario. Ello es así porque este precisa de la interposición de denuncia previa. Los fiscales, no obstante, apuntaron que no era necesaria la denuncia porque se trata de una entidad bancaria de gran relevancia que cotiza en el Ibex y que tiene en juego un riesgo reputacional que afecta de modo directo a los intereses del accionista y al interés general.

El forensic que la defensa legal del banco encargó a PwC para depurar responsabilidades identificó unos correos de septiembre de 2013 que se intercambiaron el exjefe de Riesgos Antonio Béjar y otra empleada del equipo jurídico. Los mismos adjuntaban un informe de tasación que se elaboró a solicitud de una sociedad de Francisco González para analizar una finca en Sa Punta (Mallorca). Del mismo modo figuran otros mensajes de febrero de 2014 que Béjar reenvió al jefe de Auditoría Interna, Joaquín Gortari, en relación a otra finca en El Escorial (Madrid).

Al margen del caso Villarejo

Al respecto, la Fiscalía Anticorrupción pidió que se imputara al expresidente de la entidad por delito de administración desleal, diligencia a la que dio luz verde el magistrado Manuel García Castellón el pasado mes de julio. La defensa de Francisco González recurrió negando la comisión de delito alguno con estos hechos, mientras que otros personados en calidad de perjudicados, como Luis del Rivero, apuntaron a la comisión de un delito de apropiación indebida por el presunto "uso ilegítimo" de recursos del BBVA para fines "exclusivamente temporales".

Ahora la Sala de lo Penal determina que no aprecia comisión de administración desleal y que, de investigarse estos hechos por apropiación indebida, no sería en el marco del caso Tándem, el cual suma ya una treintena de piezas por todos los encargos que el comisario Villarejo asumió entre principios de la década de los 2000 y noviembre de 2017, momento de su detención.

"Puesto que el encargo al que se contrae este recurso de apelación fue presuntamente realizado por el presidente de BBVA a un empleado de la entidad tenía por objeto servicios, a realizar por dicho empleado, relativos a la averiguación de la situación de un inmueble que aquel tenía interés en realizar, parece claro que los hechos, de resultar acreditados, se habrían cometido al margen de la organización criminal investigada", concluyen los magistrados de la Sala.

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