Tribunales

Un informe del TC desarma a Pumpido: los jueces sí pueden cuestionar sus sentencias en Europa

Entienden que vetarles de acudir al TJUE "podría suponer una infracción del principio de independencia judicial"

  • El presidente del Tribunal Constitucional, Cándido Conde-Pumpido -

Cándido Conde-Pumpido no puede impedir que un órgano jurisdiccional inferior plantee una cuestión prejudicial a Europa cuando considere que la sentencia emitida choca con el Derecho comunitario. Esta es la conclusión a la que ha llegado una letrada de la Corte de Garantías en un primer informe interno que ha elaborado para conocer si es posible vetar a los jueces cuando surja esa posibilidad.

Cabe recordar que el origen de la historia surge hace una semana cuando la Audiencia Provincial de Sevilla decide enviar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) una cuestión prejudicial al considerar que las sentencias emitidas por la Corte de Garantías que beneficiaron a condenados por los ERE de Andalucía como José Antonio Griñán o Manuel Chaves podrían no ajustarse con el Derecho de Unión. Motivo por el cual Pumpido se planteaba pedir a los letrados de la institución un informe para ver si pueden estos jueces contradecir sus sentencias.

Pues bien, según este informe adelantado por El Español y al que ha tenido acceso Vozpópuli, impedirles plantear cuestiones prejudiciales no sólo es incompatible con el artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, sino que "podría suponer una infracción del principio de independencia judicial, principio que concretiza el valor del Estado de Derecho". De modo que insiste en que tienen una "amplísima facultad" a la hora de decidir si resulta necesario plantear una cuestión prejudicial en el litigio del que conocen.

Además, la letrada del Constitucional también señala que impedir, limitar, o disuadir a un órgano inferior de plantear una cuestión prejudiical podría incurrir en un incumplimiento del Derecho de la Unión. Ello legitimaría a la Comisión Europea para iniciar un procedimiento de infracción contra España. 

Y es que, aunque es la primera vez que en España se cuestiona una sentencia del TC en Europa, lo cierto es que hay precedentes de otros países. El TJUE ha declarado "sin ambigüedad alguna" que los órganos jurisdiccionales nacionales están facultados para no aplicar una decisión de un órgano constitucional superior que pueda reputarse contraria al Derecho de la Unión.

La última sentencia que el TJUE emitió fue el 26 de septiembre de 2024 y en ella apuntaron que un órgano jurisdiccional nacional, en este caso era rumano, no está obligado a aplicar una resolución de su Tribunal Constitucional si infringe el Derecho de la Unión.

Si los deseos de Pumpido saliesen adelante, esta situación también afectaría a la amnistía. Se dejaría al Tribunal Supremo sin margen de actuación y no podría acudir al TJUE, explican diversas fuentes consultadas. No hay que olvidar que el pasado mes de julio los magistrados de la Sala de lo Penal plantearon una cuestión de inconstitucionalidad contra esta ley impulsada por los socialistas al considerar que el artículo 1 de la medida de gracia vulneraba el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica.

 

 

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