El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha avalado la decisión de multar con 5.000 euros al excoordinador de Finanzas de Ciudadanos por actuar con temeridad y mala fe en su demanda contra el partido en la que impugnaba su despido. No obstante, los magistrados de la Sala de lo Social también han confirmado en la misma sentencia que su extinción laboral, que tuvo lugar el 28 de febrero de 2023, es improcedente y, por tanto, deben readmitirle o indemnizarle con 47.587 euros. En ese periodo de tiempo, Ciudadanos no estaba pasando su mejor momento.
Esta sentencia, adelantada por Confilegal y a la que ha tenido acceso Vozpópuli, detalla que Carlos Cuadrado denunció que su despido fue consecuencia de una represalia porque el 18 de noviembre de 2022 envió un correo a recursos humanos alertando de que había unas posibles irregularidades en las tarjetas bancarias del partido, una situación que dio lugar a una serie de reuniones. Tres meses después, recibió la carta de despido por razones objetivas. Ciudadanos le detalló en la misiva que habían disminuido los ingresos del partido y que su puesto era de los mejores pagados del partido.
Cuadrado formaba parte de la estructura interna de Ciudadanos desde 2026, primero fue generte y posteriormente secretario de Finanzas, por lo que se ha mantenido en el cargo durante toda la etapa tanto de Albert Rivera como de Inés Arrimadas.
En la carta de despido le reconocieron la indemnización de 20 días y el finiquito. Sin embargo, este trabajador, disconforme con su despido, decidió acudir a la Justicia solicitando que su extinción laboral se declarase nula al entender que se habían vulnerado sus derechos fundamentales y que se le indemnizase por daños y perjuicios.
El caso recayó en un primer momento en el Juzgado de lo Social Nº36 de Madrid, que le dio parcialmente la razón. El juez declarño que su despido era efectivamente improcedente con una indemnización de 45.072 euros, pero le impuso una multa por temeridad de 5.000 euros.
Pero tampoco estaba conforme con el resultado de esta sentencia, por lo que quiso seguir batallando ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Lo que pretendía era fundamentar la nulidad de su despido en base a hechos que, tal y como explica la Sala, no habían quedado probados. Por lo que los magistrados consideraron razonable y proporcionada la sanción que impuso el juzgado de instancia, el cual valoró la dimensión pública de las personas afectadas y la repercusión política y social que conllevan este tipo de demandas, "así como la falta de prueba de la mayor parte de los hechos alegados".
Además, destacan que se dirigió "contra múltiples personas y entidades, por ser todas ellas de relevancia y conocimiento público, por la clamorosa orfandad probatoria y falta de mínima razonabilidad del relato".
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