Con el paso de los años, hacerse con una vivienda en propiedad se ha ido conviertiendo en una tarea imposible. La edad de emancipación se retrasa hasta superar los 30 años de media en España, incluso personas más mayores vuelven a casa de sus padres ante la imposibilidad de pagar sus cuotas de alquiler. Ante esta situación, aquellos privilegiados que sí tienen la posibilidad de comprar un piso o una casa, deben estar bien informados sobre cómo proceder, pues los retos no terminan en el momento de la firma del contrato.
Tras entrar a vivir en una nueva vivienda, es de lo más frecuente la aparición de pequeños desperfectos y problemas de construcción. Aunque pueda parecer que, una vez se tiene en propiedad, el dueño de la casa es el que debe hacer frente a su reparación y todo tipo de modificación en la casa, esto no es así. La Comunidad de Madrid es clara y arroja luz sobre el asunto. Hay tres plazos de responsabilidad que informan sobre ello: según el tipo de problema, habrá un tiempo determinado para pedir explicacione a quién corresponda.
Consejos al escoger una vivienda
Antes de profundizar en estos tres plazos de responsabilidad y en cómo actuar en caso de encontrar una pequeña 'sorpresa' al entrar a vivir en la nueva vivienda, es necesario dar algunos 'tips' o consejos a la hora de afrontar la compra de una casa. El primero y más evidente, pero a la vez imprescindible: no se debe adquirir nunca una vivienda sin haberla visitado previamente. Confiar en fotografías es correr un riesgo fácil de evitar.
De la misma manera, hay diversos factores clave a tener en cuenta a la hora de valorar una vivienda. Es importante ser objetivos y, por un momento, dejar de lado la estética en caso de vernos obnubilados por 'la casa perfecta'. La localización, el precio, la distribución y practicidad del espacio y los planes a largo plazo son imprescindibles. Uno de los problemas más frecuentes es que la vivienda 'se quede pequeña' con el paso del tiempo, sobre todo en el caso de los compradores más jóvenes que, con el paso de los años, amplían la familia. Así, la edad de la vivienda y su estado -como en temas como la fontanería-, así como la seguridad y detalles como la disponibilidad o no de ascensor o garaje también pueden ser claves para escoger una u otra casa.
Tres plazos de responsabilidad
En su página web oficial, la Comunidad de Madrid habla de tres plazos de responsabilidad que informan sobre quién es el responsable de los posibles desperfectos de la vivienda y durante cuánto tiempo tiene el propietario derecho a reclamar su arreglo y solución. Así, la comunidad afirma que "una vez hemos recibido nuestra vivienda nueva, las garantías de los responsables de la construcción de la vivienda sobre los desperfectos que puedan surgir durante los primeros años de vida de la casa se mantienen". Estos son los plazos a tener en cuenta:
• Diez años por deficiencias en la estructura. Abarca vicios o defectos constructivos en elementos estructurales, como cimentación, soportes, vigas, forjados y muros de carga.
• Tres años por defectos en elementos contructivos o instalaciones que afecten a la habitabilidad.
• Un año para subsanar defectos de terminación o acabado de obras. Esto sól es exigible al constructor.
De esta manera, las reclamaciones por defectos en la vivienda se deben dirigir en primer lugar al promotor o constructor. Tras hacerlo, el plazo para responder asciende a un mes. Si el afectado no recibe noticias, podrá reclamar de manera presencial o telemática en la Oficina Municipal de Información al Consumidor más cercana a su domicilio.
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