Tal y como recoge la agencia EFE, el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha abierto una investigación a varias empresas de gestión del alquiler de viviendas que habrían obligado a pagar a los inquilinos una comisión por la gestión del arrendamiento o a firmar contratos temporales sin que la temporalidad estuviera justificada.
Desde el ministerio apuntan a que serían ya varias empresas inmobiliarias las que habrían cometido prácticas abusivas contra consumidores en la gestión del alquiler. Algunas prácticas como las ya citadas, pero también otras cláusulas abusivas que incluían para los inquilinos.
Es por todo ello que la Dirección General de Consumo ha abierto esta investigación formalmente tras tener conocimiento de estas prácticas a través de diversas denuncias presentadas por asociaciones de consumidores.
En el ministerio avisan de que esta es "una práctica prohibida"
El Ministerio que dirige Pablo Bustinduy quiere dejar claro que "trasladar a los inquilinos los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato es una práctica prohibida" expresamente por la ley por el derecho a la vivienda del año pasado, al igual que la firma de contratos temporales en los que la temporalidad no esté justificada.
Con esto, el ministro quiso recordar también a las empresas que la vivienda es un derecho y un bien de primera necesidad amparado por la ley de arrendamientos urbanos, una normativa que impide a las agencias inmobiliarias incluir cláusulas o prácticas que atenten contra los derechos que tienen los inquilinos.
Y no solo eso, sino que, además, estas prácticas podrían suponer un abuso según la ley de defensa de los consumidores.
Multas de hasta 1 millón de euros para las inmobiliarias
Consumo quiere ser claro y perseguir de forma contundente estas prácticas contra los inquilinos que califican de abusivas.
Por ello, el incumplimiento de las normas reguladoras de precios, la imposición injustificada de condiciones sobre prestaciones no solicitadas, y el uso de prácticas comerciales desleales con consumidores o usuarios podrían calificarse como graves y ser sancionadas con multas de hasta 100.000 euros.
Y no solo eso, sino que, por otra parte, la introducción o existencia de cláusulas abusivas en los contratos, una tercera infracción, podría considerarse muy grave y ser sancionada con multas de hasta un millón de euros, y se podría también sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido.
Estas prácticas se enmarcarían dentro de otras que son contrarias a las normas vigentes, como exigir a inquilinos e inquilinas el pago de fianzas desproporcionadas, que asuman garantías adicionales o que tengan que pagar mensualidades adelantadas, las cuales les podrían costar muy caro a las inmobiliarias.