El Juzgado de Primera Instancia número 9 de Madrid ha declarado el derecho del expresidente del Consejo de Dirección de la SGAE Eduardo Bautista a cobrar una pensión mensual de 26.269 euros con carácter vitalicio, después de aceptar la demanda que este presentó contra la entidad, que impugnó su pago.
Así lo establece una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, que condena a la compañía de seguros Vidacaixa a abonar esta prestación a Bautista en virtud de un contrato de seguro del plan de jubilación que suscribió en enero de 2000 dentro del contrato especial de alta dirección que firmó con la SGAE.
La SGAE decidió impugnar el cobro de esta pensión por parte de Bautista después de que el Juzgado de lo Social número 40 de Madrid, al pronunciarse sobre la demanda que el expresidente había presentado por despido improcedente, considerara que este no tenía una relación de carácter laboral con la entidad, aunque hubiera desempeñado funciones de alta dirección.
Abandonó su cargo en 2011
Bautista abandonó sus cargos en la SGAE tras ser detenido el 1 de julio de 2011 por la Guardia Civil e imputado por apropiación indebida, administración fraudulenta y un delito societario por el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz. La demanda por despido improcedente fue desestimada, así como la pretensión del exdirectivo de ser indemnizado con 1.400.000 euros por la SGAE. Su entonces presidente, Antón Reixa, anunció en junio de 2012 su intención de recuperar para la entidad los tres millones y medio de euros de la pensión de Bautista.
Pero tras el juicio celebrado el pasado 25 de marzo para la reclamación de esta cantidad, el Juzgado de Primera Instancia número 9 ha desestimado las alegaciones de la aseguradora y la SGAE ya que ha recordado que existió un contrato especial de alta dirección entre la entidad y Bautista, en el que se recogían una serie de prestaciones sociales a su favor.
Las pruebas testificales realizadas durante el juicio, señala la sentencia, evidencian que el cargo de presidente del Consejo de dirección "no determinaba el control y la voluntad de los integrantes de la junta directiva". Además señala que aunque es cierto que Bautista nombraba a 12 miembros de la Junta, en este órgano había un total de 38, sin que pueda entenderse que su voluntad estuviera "viciada" y firmaran sin libertad el contrato y la póliza de seguros.
El contrato era mercantil
El hecho de que se declarara que el contrato que vinculaba a Bautista con la SGAE no tenía naturaleza laboral sino mercantil no convierte en nulos las protecciones sociales que se pactaron a su favor, añade la sentencia. Estas prestaciones sociales pudieron suponer "un coste económico muy considerable para la SGAE, pero fue voluntariamente aceptado, documentado, fiscalizado y con dictámenes jurídicos que no pueden hacernos pensar que el consentimiento de 38 miembros 'ilustres' estuviera viciado"..
Además de al pago de la pensión, el Juzgado ordena a Vidacaixa que abonar 183.886 euros a Bautista en concepto de las mensualidades por su pensión que no ha cobrado desde el 25 de junio de 2012. Fuentes de la SGAE han asegurado a Efe que no tienen previsto recurrir esta sentencia y que son partidarios de aceptar la decisión de los tribunales.