Economía

Los empresarios cifran en 25.000 millones la devolución de Hacienda por tumbar el TC la subida de Montoro

El Instituto de Estudios Económicos, 'think tank' de CEOE, denuncia la inseguridad jurídica en varias figuras tributarias como la subida de Sociedades de 2016 o la plusvalía

  • El exministro de Hacienda Cristóbal Montoro entrega la cartera a la ministra en funciones, María Jesús Montero, en junio de 2018.

El Ministerio de Hacienda tendrá que devolver más de 25.000 millones de euros a las empresas por la subida del Impuesto de Sociedades que aprobó Cristóbal Montoro en diciembre de 2016 y que tumbó el Tribunal Constitucional (TC) el pasado mes de enero. Son cálculos del servicio de estudios de CEOE, el Instituto de Estudios Económicos (IEE).

"El impacto total de las medidas del RD-l 3/2016 declaradas inconstitucionales ascendía a 9.000 millones de euros de la reversión de deterioros de cartera a los que había que sumar el importe de la limitación de compensación de pérdidas de unos 2.500 millones de coste al año desde 2016 hasta la fecha, con lo que el importe total estimado se situaría por encima de los 25.000 millones de euros", señala.

Vozpópuli ya informó de que el golpe para las arcas públicas podría incluso superar ligeramente los 30.000 millones de euros, según los cálculos de fiscalistas e inspectores de Hacienda a partir de datos de la Agencia Tributaria (AEAT) que recoge el propio TC en la sentencia. Hay que señalar que la mayor parte de estas deducciones corresponden al Ibex-35 que son las empresas que compran otras en el extranjero. A estas empresas, que están muy bien asesoradas, las suelen inspeccionar con frecuencia, con lo que impugnan sus declaraciones habitualmente y más en un Decreto tan cuestionado. 

La AEAT ha contabilizado hasta el momento una devolución extraordinaria por un importe que supera los 300 millones.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, no cuantificó estas devoluciones en la rueda de prensa de ejecución presupuestaria de 2023 el pasado 21 de marzo. Tampoco lo ha hecho este miércoles la directora de la AEAT, Soledad Fernández Doctor. Ha señalado que es un proceso "muy complicado, ya que hay que revisar varios ejercicios, e incluso llamar a los contribuyentes para que opten de qué manera quieren la devolución".

Enmiendas para aliviar el 'roto' a Hacienda

El Instituto de Estudios Económicos explica en su último informe de Competitividad Fiscal que "para mitigar, al menos parcialmente, este impacto económico en la Hacienda pública, el Grupo Parlamentario Socialista ha introducido unas enmiendas en la tramitación como Proyecto de Ley de otro RD-l, el 8/2023".

En todo caso, el think tank explica que "no corrige el impacto en su integridad porque la Agencia Tributaria estará obligada a devolver, ahora, lo reclamado de ejercicios anteriores para volverlos a recuperar a partir de 2024, y, en todo caso, la Administración deberá pagar también intereses de demora que no podrá recuperar".

Dentro de estas enmiendas, destaca la que obliga a la integración en la base imponible del primer período impositivo que se inicie a partir del 1 de enero de 2024 de la totalidad de las pérdidas por deterioro de los valores representativos de participaciones en el capital o en los fondos propios de entidades que se hubieran deducido en periodos impositivos iniciados antes del 1 de enero de 2013.

Sin embargo, "la inconstitucionalidad declarada estaba motivada en defectos de forma, por el uso de un Real Decreto para la aprobación de la medida. Por lo tanto, si la enmienda prospera, es más que probable que sus efectos sean recurridos y que finalmente el TC tenga que volver a pronunciarse sobre la misma normativa, pero ya sobre el fondo y no solo sobre cuestiones de forma", destaca el IEE.

Otra modificación que se propone por parte del Grupo Parlamentario Socialista es la prórroga, al ejercicio 2024, de la medida que transitoriamente se impuso para el ejercicio 2023 relativa a la determinación de la base imponible en el régimen de consolidación fiscal.

Bajo este régimen transitorio, la base fiscal consolidada se obtiene agregando el 100% de las bases imponibles positivas, pero solo el 50% de las bases imponibles negativas individuales de cada una de las entidades del grupo fiscal.

Esta medida, según el Instituto de Estudios Económicos, también tiene "difícil encaje" constitucional al colisionar con el principio de capacidad económica debido a que un grupo puede tener una cuota a ingresar en el Impuesto sobre Sociedades teniendo un resultado negativo.

Inseguridad jurídica para las empresas

En opinión del IEE, "el RD 3/2016 supone una mala técnica legislativa, ya que modifica normativa tributaria a través de decretos con efectos retroactivos y con desprecio a los principios constitucionales de forma y de fondo, lo que afecta a la seguridad jurídica y empeora nuestra competitividad fiscal". "Lamentablemente, no es una excepción sino una práctica que se reitera con frecuencia", sentencian.

Los empresarios consideran que no es lógico pretender que la normativa tributaria permanezca inalterable, pero sí que las modificaciones que se tengan que realizar respeten el principio de seguridad jurídica y se evite perjudicar las expectativas legítimas de los contribuyentes.

"Desde su misma entrada en vigor, el RDL 3/2016 planteó serias dudas de constitucionalidad tanto por el uso del instrumento del Real Decreto-ley como por el contenido del mismo. Esta sospecha fundada de inconstitucionalidad provocó que muchos contribuyentes procedieran a la impugnación de las autoliquidaciones del Impuesto de Sociedades afectadas", señala el IEE.

Menciona la reciente jurisprudencia del TC a raíz de la sentencia sobre el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, que limita los efectos de sus sentencias sobre la constitucionalidad de la normativa tributaria a aquellas liquidaciones o autoliquidaciones que no fueran firmes.

Esto, según detalla el servicio de estudios de CEOE, "provoca que, ante la sospecha de inconstitucionalidad de una norma, lo que desgraciadamente no es infrecuente, se recurran en masa incrementando de manera considerable el ya problema de litigiosidad tributaria que sufrimos en España".

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