La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado la sentencia emitida por el Juzgado número 4 de lo mercantil de Madrid por la que condenaba a ACS por "competencia desleal" a Iberdrola. Los magistrados desestiman así el recurso presentado por la empresa dirigida por Florentino Pérez, y condenan a la constructora a retirar la noticia "objeto de demanda" por haber difundido "publicidad denigrante" contra la energética.
Los hechos se remonta a febrero de 2021, cuando el diario El Confidencial publica que el presidente del Real Madrid preparaba una demanda de 2.600 millones contra Iberdrola si acababa salpicada por el caso Tándem. Iberdrola formalizó una demanda contra la compañía al entender que la noticia fue filtrada desde ACS con el fin de "menoscabar su reputación y perjudicarle en el mercado, generándole una manifiesta desventaja competitiva y un grave perjuicio".
Ahora, la Audiencia Provincial de Madrid va más allá, en el escrito al que ha tenido acceso Vozpópuli, y añade que "basta con la actividad exteriorizada de difundir las manifestaciones que resulten aptas para perjudicar aquel prestigio comercial, se traduzca ello o no en un efectivo y real menoscabo de su crédito ante los intervinientes en el mercado". Asimismo, los magistrados entienden que el contenido de la noticia era "plenamente pertinente y relevante" para alterar la opinión del cercado sobre la situación económica y patrimonial de la compañía.
El escrito describe que los inversores hacen uso de este tipo de noticias para "adelantarse a toda eventualidad" que puedan sufrir las empresas y que su criterio se forma, en parte, a raíz de la lectura de noticias, "por lo que su filtración se erige en un abuso de mercado". La sentencia apunta a que una noticia sobre una futura "condena pecuniaria" por un valor equivalente a tres cuartas partes del beneficio resultante del ejercicio anterior, en este caso 2.600 millones, "es objetivamente apta para perjudicar su buena reputación".
De esta forma, los magistrados se apoyan en el artículo 9 de la Ley de Competencia Desleal para afirmar que dañar la imagen de solvencia y rentabilidad de la empresa puede hacer peligrar el poder de la misma para atraer inversión y crédito ajeno. Además, la Audiencia Provincial de Madrid hace hincapié en el carácter falsario de la noticia, según confirmó el propio Secretario del Consejo de ACS ante el juez; este negó que se hubiera estudiado o preparado dicha acción civil contra Iberdrola.
Origen de la guerra entre ACS e Iberdrola
Durante el periodo de demanda y réplica, que se lleva dilatando dos años, ACS ya dijo en una audiencia previa que negaba la filtración de la noticia, ya que otros medios también lo publicaron. Algo que la compañía eléctrica siempre ha negado. En su defensa, la eléctrica alega que la fecha de la publicación no fue coincidencia puesto que tuvo lugar en la presentación de resultados de 2020 del grupo de accionistas e inversores, buscando así hacer el mayor daño posible. Además, asegura que fue una estrategia que buscaba desviar el foco sobre el papel reservado a Florentino Pérez en el 'caso Tándem'.
Por ello, Iberdrola solicitó al juez instructor García Castellón que expulsase del caso Villarejo al presidente del Real Madrid, ya que defiende que este lo utilizaba para perjudicar la reputación de la eléctrica. En el otro lado, Florentino Pérez había pedido al Juzgado Central de Instrucción Número 6 imputar a la empresa presidida por Sánchez Galán por la implicación de Villarejo en el 'proyecto Wind', por el que se vio implicada la filial Iberdrola Renovables.
No obstante, Iberdrola siempre ha insitido en que insiste los hechos nada tienen que ver con el caso Villarejo, por lo que formalizó la demanda para pedir que se ordenara la retirada de la noticia y condenar a la compañía de Florentino a que publique la sentencia en la página principal del diario que en febrero se hizo eco de la preparación de la demanda.
La audiencia madrileña confirma la sentencia del juzgado mercantil que ordenó la retirada de la publicación e impone a ACS el pago de las costas procesales de segunda instancia.