El Gobierno cede ante la CEOE y presenta una propuesta sobre temporalidad que elimina los porcentajes que había fijado según el número de trabajadores de la empresa. Esta propuesta, a la que ahora patronal y sindicatos presentarán alegaciones y seguirán discutiendo el viernes, fía el control de la temporalidad a la negociación colectiva y ofrece incentivos a las empresas que la reduzcan. El nuevo texto, que también elimina la previsión de que un contrato temporal de más de cinco meses en un año convierta un puesto en indefinido, llega una semana después de que CEOE planteara a la mesa de negociación de la reforma laboral sus propias propuestas, que exigían eliminar topes porcentuales y temporales en los contratos temporales.
La nueva propuesta gubernamental se centra en el control de las causas de la temporalidad una vez descartadas las exigencias de número de trabajadores. Desde la patronal se cuestionaba no sólo la exigencia de un porcentaje lineal de temporalidad, que el Ejecutivo fijó en un 15% y luego incluso redujo, sino que se requiriera tanto el citado porcentaje como que se acotaran las causas, es decir, las dos cuestiones a la vez. A juicio de CEOE, este modelo ignoraba la realidad del mercado laboral español y consideraba que debía adecuarse a las necesidades de los sectores y empresas.
La patronal respondía así al planteamiento gubernamental de que el número de contratos para tareas ocasionales que las empresas pueden concertar dentro de un año natural no sería superior al fijado en la siguiente escala: de 1 a 5 trabajadores: uno; de 6 a 10: dos; de 11 a 30: tres; de 31 a 100: 5 ó el 8% de la plantilla; de 101 a 500: 15 ó el 7% de la plantilla; más de 500 empleados: 30 ó el 4% de la plantilla. Cuando se tratara de empresas del sector agrario, el número máximo de contratos a realizar en cada tramo se incrementaría en un 50%.
El nuevo texto, que ha adelantado Lainformación, plantea contratos temporales por circunstancias de la producción para atender campañas ocasionales y previsibles por un tope de 90 días al año. Las empresas deberán fijar una previsión anual de los contratos de este tipo que van a realizar, de la que deberán informar a los representantes de los trabajadores. El Estado incentivará la reducción de la temporalidad a las empresas que así lo establezcan en su convenio.
En el caso de sustitución de un trabajador, se permite que el contrato del sustituto pueda iniciarse antes de que se produzca la baja del sustituido durante una semana con el fin de facilitar el aprendizaje del recién incorporado.
Fijos-discontinuos
Otra de las victorias de CEOE es que en lo relativo al contrato fijo-discontinuo, se suprime la consideración de que el tiempo entre contratos de estos trabajadores computara como antigüedad. También se establece que el convenio establecerá el calendario y la forma de realizar el llamamiento de estos trabajadores y que si estos no acuden, se entenderá que la obligación queda extinguida. En el caso de que la empresa incumpla el calendario, el trabajador podrá reclamar en los tribunales. El convenio creará bolsas de empleo para estos trabajadores, que tendrá acceso prioritario a la formación profesional.
Desde CCOO señalan a este respecto que "quedan asuntos importantes por acercar posiciones, como los criterios objetivos y formales del llamamiento, las causas por las que se justifica la posible falta de incorporación ante un llamamiento para que esto no se considere una dimisión, el periodo garantizado de trabajo efectivo y el cómputo de la antigüedad". Sin embargo, el sindicato apunta que "se van acercando posturas, que vienen a suponer avances". La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, insistió ayer en que la reforma laboral estará publicada en el BOE antes del 31 de diciembre, como se ha comprometido el Gobierno con Bruselas.