La auditora Deloitte y su socio Francisco Celma han recurrido su imputación en el 'caso Bankia' porque "no concurren en este momento procesal todos los elementos necesarios para considerar necesaria, pertinente y posible la práctica de la diligencia de toma de declaración en calidad de investigada de Deloitte, y mucho menos para acordar su práctica de manera simultánea con la declaración en calidad de investigado del señor Celma". La mercantil y su directivo consideran que se está "vulnerando" su derecho de defensa y a la presunción de inocencia, "más allá del daño reputacional ocasionado".
En un recurso, al que ha tenido acceso Vozpópuli, los imputados piden al titular del Juzgado Central de Instrucción Número 4 de la Audiencia Nacional, el magistrado Fernando Andreu que deje sin efecto la providencia dictada el pasado 19 de mayo donde acordó que Deloitte y Celma deben comparecer el próximo 20 de junio a las 9.00 horas para responder sobre el posible falseamiento contable de Bankia. La imputación de Deloitte y Celma fue solicitada en abril por el movimiento '15MpaRato' y la Confederación Intersindical de Cajas (CIC) y contó con el apoyo de la Fiscalía Anticorrupción.
"No está ni siquiera indiciariamente acreditado que Celma haya cometido ninguna infracción penal, y mucho menos susceptible de transferir responsabilidad penal a Deloitte", argumenta la auditora
Los investigados sostienen que "la providencia objeto de recurso es, a todas luces, prematura". La razón es que los recurrentes sostienen que "no está ni siquiera indiciariamente acreditado que el Sr. Celma haya cometido ninguna infracción penal, y mucho menos susceptible de transferir responsabilidad penal a Deloitte". Por otra parte, los investigados argumentan que "sin haber escuchado a Francisco Celma es imposible determinar con las debidas garantías la necesidad de llamar a declarar en calidad de investigada a Deloitte".
Asimismo, la auditora se queja en su recurso del daño que le ha causado el juez Andreu con su imputación en el caso Bankia. "La imputación de Deloitte –principal empresa auditora del país que, entre otras muchas, presta sus servicios profesionales a un importante número de las sociedades que conforman el IBEX 35– conlleva, en términos profesionales y de negocio, importantes daños reputacionales de imposible o cuando menos, de difícil reparación. No se olvide, en este sentido, que las compañías de auditoría basan su existencia y razón de ser en la confianza y credibilidad que generan en el mercado y, en particular, en sus clientes. Por ello, son especialmente sensibles a cualquier actuación que pueda mermar esa confianza y credibilidad, y, que duda tiene, que el hecho de ser llamada a un procedimiento en calidad de investigada se sitúa en la cúspide de aquellas actuaciones que pueden afectar de lleno a su imagen y buen nombre en el mercado, con las negativas consecuencias de todo tipo que de ello se pueden derivar".
Deloitte niega responsabilidad penal
Por otra parte, Deloitte argumenta que "en el hipotético supuesto de que el señor Celma hubiera cometido algún tipo de ilícito –lo que negamos de plano y planteamos ahora a efectos dialécticos– la especial naturaleza de Deloitte como sociedad profesional de auditoria impediría la transferencia de responsabilidad penal alguna a dicha sociedad, dada la independencia y autonomía con la que opera el socio auditor, siendo únicamente transmisible en su caso una responsabilidad de ámbito patrimonial, ciertamente muy alejada de la responsabilidad penal".
Deloitte sostiene que su imputación "puede afectar de lleno a su imagen y buen nombre en el mercado, con las negativas consecuencias de todo tipo que de ello se pueden derivar"
Además, la auditora se defiende con la siguiente argumentación: "En lo que a esta exigencia respecta, las grandes firmas de auditoría (como es el caso de Deloitte) cuentan con un ingente número de políticas y protocolos destinados precisamente a garantizar que tanto la firma como sus profesionales cumplen con todas las exigencias legales en materia de independencia. Sin embargo, no sólo existe esa relación de independencia entre la firma y sus profesionales para con sus clientes, sino que a su vez, la propia firma debe garantizar a sus profesionales su independencia de juicio, para que jamás pueda entrar en conflicto el desempeño de sus funciones como auditores, con lo que es el negocio de la firma en sí".
Además, la multinacional añade que "debe tenerse en cuenta, ya que en este caso parece haberse obviado, que aunque las grandes firmas auditoras tienen implantados unos protocolos y programas que efectivamente garantizan su independencia, así como la prevención del blanqueo de capitales, la evitación de situaciones de conflicto de interés, etc., existen limitaciones pues en ningún caso puede interferir o intervenir la firma en la actividad desarrollada por sus profesionales, dar el visto bueno a sus informes, ni mucho menos modificar o incidir en la opinión o conclusiones que emitan en sus informes los propios auditores. Este es uno de los motivos fundamentales por los que carece de sentido la imputación de Deloitte en la presente causa, máxime sin tan siquiera haber recibido declaración al Sr. Celma, ya que, muy probablemente, de su declaración se desprendan todos estos razonamientos en relación con el funcionamiento o modo de operar de la firma con respecto a los profesionales que la integran". Ahora, el magistrado Fernando Andreu deberá decidir si estima o rechaza el recurso de la auditora y su socio.