Cataluña

La Generalitat se moviliza para encontrar a los herederos de familiares que no hicieron testamento

La Administración catalana busca a parientes con hasta un cuarto grado de consanguinidad con los fallecidos, algunos hace 40 años

  • Edificio en el Paseo de Gracia de Barcelona. -

 

Es habitual que las personas con cierto patrimonio redacten testamento para que sus bienes vayan a parar a sus seres queridos. Pero no siempre es así. Ya sea por superstición, por haber postergado su elaboración o por falta de vínculos afectivos, un número considerable de personas fallece sin que sus posesiones tengan destinatario. En el caso de Cataluña, la Generalitat se encuentra en la actualidad elaborando una lista de herencias intestadas que, hasta el momento, ningún familiar ha reclamado. Su propósito es encontrar a estos parientes para que reciben los bienes y, en caso de no conseguirlo, destinarlos a entidades sociales y culturales, o a vivienda social.

 

En concreto, el Govern busca a herederos con hasta un cuarto grado de consanguinidad con los fallecidos —que suman un total de 604 y cuyo deceso más antiguo data de 1984—. De no encontrarlos, la Administración catalana será declarada la heredera legítima, si bien antes debe publicarlo en el Diario Oficial de la Generalitat, en el BOE y en la página web de la 'conselleria' de Economía. Y una vez en posesión de ese patrimonio, los bienes inmuebles que no pueden ser destinados a vivienda social se ofrecen en subasta pública.

 

Ante esta situación, habrá quién se pregunte si la administración pública, en este caso la catalana, hace lo suficiente por buscar a los herederos potenciales o, movida por el interés, invierte pocos esfuerzos. "Yo quiero pensar que sí hacen lo suficiente", declara a 'Vozpópuli' el experto Abel Marín, socio en Mateo y Marín Abogados y autor del libro 'Protege tu herencia'.  "En todo caso", aclara, "lo que hacen es cumplir la ley, que básicamente consiste en consultar a todas las instituciones para descubrir si hay algun pariente interesado en recibir esa herencia. ¿Qué instituciones son esas? Pues el Registro Civil, el Registro de la Propiedad, la Seguridad Social o la Agencia Tributaria. Y si no los encuentran, lo publican en tablones de anuncios".

 

Inmuebles en riesgo de 'okupación'

Marín recuerda, además, que esta búsqueda es necesaria. Y es que, de lo contrario, el patrimonio inmobiliario restaría "descuidado" y podría causar "trastornos" a los vecinos colindantes. "Imagina un piso abandonado que ocupa cualquier persona y a la que luego no hay forma humana de desalojar", advierte. No obstante, Marín admite que un aspecto de los bienes inmuebles que acaban en manos de la Administración le despierta algún recelo. Se trata de los que, no encontrándoles uso pertinente, salen a subasta pública. "En ciertos casos", indica, "puede ocurrir que personas cercanas a la Administración cuenten con información anticipada sobre estos inmuebles y jugar con ventaja".

 

Sea como sea, el experto recomienda siempre hacer testamento. "Pero un testamento bien hecho, no uno hecho con plantilla. Estos últimos generan a veces efectos indeseados por los finados", puntualiza. Por lo demás, recuerda que redactar un testamento puede hacerse pensando en un ser querido, pero también por causas ideológicas. "Si no tienes parientes cercanos, tal vez te opongas que tu patrimonio acabe en la Administración debido a tus convicciones y prefieres destinarlo, por ejemplo, a una ONG", reflexiona. Sobre este punto, cabe destacar que Cataluña incluye entre las instituciones culturales a las que dirige fondos de herencias intestadas entidades como Plataforma per la Llengua u Òmnium Cultural, conocidas por su fuerte carga política.

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