¿Qué supondrá la aplicación de la Ley Trans en el ámbito carcelario? Esa es la pregunta que fuentes penitenciarias se plantean en conversación con Vozpópuli. La actual normativa remite a una instrucción de 2006, pero los trabajadores de los centros españoles se preguntarán qué clase de encaje tendrá en la legislación recientemente aprobada en el Congreso de los Diputados: "Puede generar disfunciones en los actuales módulos de las cárceles", señalan estas voces internas. Desde el Ministerio del Interior afirman que esperarán la publicación de la nueva ley en el Boletín Oficial del Estado para estudiar si es necesario cambiar su regulación interna.
La disyuntiva orbita en torno a dos normas -cada una a su nivel- que deben coexistir dentro de las cárceles españolas. Por un lado se encuentra la nueva Ley Trans, proyectada por el Ministerio de Igualdad y que abre las puertas a la libre determinación de género a partir de los 16 años. Por otro lado, la instrucción 7/2006 de Instituciones Penitenciarias sobre integración de personas transexuales en el ámbito carcelario. ¿Será válida la actual instrucción para hacer cumplir la Ley Trans en las prisiones? ¿O será necesaria una nueva normativa interna?
"No tenemos ni idea del encaje que se hará, pero tememos que con las prisas se resuelva rápido y mal", indican las fuentes penitenciarias consultadas por este diario. Porque, actualmente, las cárceles españolas se dividen en módulos que reúnen a los presos en función de determinados colectivos. Principalmente existe la división entre centros destinados a hombres o a mujeres, pero dentro de cada una de ellas hay también categorías.
Nuevo personal en prisiones tras la 'Ley Trans'
"La instrucción actual sobre integración de personas transexuales es ahora muy clara y precisa, y ha funcionado razonablemente bien, pero no sabemos qué panorama nos encontraremos en adelante: la pelota está en el tejado de Instituciones Penitenciarias", aseveran estas fuentes. A su juicio, una incorrecta adaptación de la norma podría generar las citadas "disfunciones" en las cárceles: "Para hacer algo así primero hay que dotar a los centros y al personal de los medios necesarios; si no se hace, se profundizará en desequilibrios ya existentes".
Aseguran que la aplicación de una nueva normativa, unida a un aumento de población de reclusos que se acojan a la reglamentación sobre internos transexuales, supondría incorporar nuevo personal para brindar un servicio adecuado a los módulos especializados: "Y eso parece difícil que se pueda conseguir a corto plazo, actualmente ya sufrimos una falta considerable de personal".
Por el momento, la Secretaría General de Instituciones Penitenciaria se mantiene a la expectativa y no ha dado ningún paso sobre este tema. El cuerpo de juristas de esta administración analizará los puntos relativos a prisiones de la 'Ley Trans' cuando se publique el texto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), según informan fuentes penitenciarias a Vozpópuli.
La instrucción actual "ha funcionado sin problemas"
Esta lectura se realizará "con tiempo" y "de forma reposada" para estudiar si la nueva normativa afecta, o no, a la situación de los presos en las cárceles españolas. No se descarta que la 'Ley Trans' cite la Instrucción 7/2006, de 9 de marzo, sobre Integración Penitenciaria de Personas Transexuales. Una mención a este respecto facilitaría el trabajo de los funcionarios ya que esta normativa "ha funcionado" y "no ha generado problemas" dentro de las cárceles. "Si nos afecta tendremos que adaptar la legislación", añaden.
En la actualidad, la administración penitenciaria reconoce la existencia de personas transexuales pero no de personas transgénero. La instrucción de prisiones ayuda a proteger los intereses de este colectivo aunque cuenta con más de 16 años. "Las personas transexuales cuya identidad oficial de sexo no concuerda con su identidad psico-social de género podrán solicitar de la Administración Penitenciaria el reconocimiento de ésta a los efectos de separación interna a que se refiere el artículo 16 de la Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria". Con ello también se contempla el derecho de las personas que no se hubieran sometido a intervenciones quirúrgica de cambio de sexo. La anterior instrucción no lo contemplaba.
Transexuales ya pueden cambiar de módulo
También incluye que "la Administración instará el empleo de nombre adecuado a su identidad de género en las relaciones grupales e interpersonales penitenciarias", sin embargo en las de carácter oficial se usará el "oficialmente acreditado". Instituciones Penitenciarias permite a los internos "el acceso a los servicios especializados de salud para el proceso de transexualización, en las condiciones establecidas para la ciudadanía por el servicio público de salud correspondiente".
A pesar de ello, se han dado veces en las que las propias personas prefieren mantener en el módulo correspondiente al sexo que establece su documentación oficial. Esta instrucción también contempla la posibilidad del cambio de módulo al del género sentido. Una posibilidad desconocida que es poco usada por los internos de las cárceles españolas.
Ibero
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