"La querellante no formula más que meras sospechas o conjeturas". Así de contundente se ha mostrado la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a la hora de tumbar la querella presentada por Begoña Gómez contra el juez Juan Carlos Peinado. La última resolución del TSJM supone el estocazo definitivo a la ofensiva conjunta liderada por el exministro socialista Antonio Camacho y la Abogacía del Estado, en representación del presidente del Gobierno, para tratar de apartar al magistrado a cargo de la investigación judicial contra la mujer de Pedro Sánchez por un presunto delito de tráfico de influencias y corrupción en los negocios.
La Justicia ha tumbado las tres querellas presentadas contra el instructor por revelación de secretos y prevaricación y ha avalado las resoluciones clave del caso que sigue contra Begoña Gómez. El dictamen del Tribunal Superior de Justicia de Madrid supone un nuevo aval a la investigación dirigida por el titular del Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid, después de que la Audiencia Provincial de Madrid rechazara el pasado 7 de octubre archivar la causa.
La primera estrategia emprendida por la defensa de Gómez fue elevar lo que ellos consideraban una causa "prospectiva y universal" ante la instancia superior a Peinado, en la que pidieron el sobreseimiento del caso al considerar que el juez había dictado varias resoluciones "injustas". Dicha ofensiva fue apoyada, en parte, por la Fiscalía que pidió "delimitar" el objeto de la investigación al considerar que el juez dirigía una "causa general" contra la mujer del presidente del Gobierno.
En paralelo, la defensa de Begoña Gómez y la Abogacía del Estado interpusieron dos querellas contra el magistrado instructor por revelación de secretos y prevaricación. En ambos casos, la Sala de lo Civil y Penal del TSJM ha rechazado por unanimidad su admisión a trámite al no ver indicios para abrir una investigación al magistrado.
En torno al primer delito, el tribunal ha concluido en todos los casos -incluido en la resolución de la querella presentada por el periodista Máximo Pradera- que las notas informativas difundidas por el gabinete de prensa del TSJM no revelaron secreto alguno puesto que solo contenían información relativa a la apertura de estas diligencias, la persona investigada, quien fue el denunciante (en este caso Manos Limpias) y que el juez había acordado el secreto de las actuaciones. Por ello recuerdan, como ya hicieran en la resolución de la querella de Sánchez, que no se difundió nada relativo al contenido del procedimiento.
Begoña Gómez presenta "meras sospechas o conjeturas"
"Se trata no obstante de hechos que no se atribuyen al Magistrado querellado o al menos respecto de los que la querellante no formula más que meras sospechas o conjeturas, por lo que no puede servir para admitir la querella tal y como se pretende", sentencian los magistrados respecto al escrito presentado por Camacho. Este mismo argumento fue esgrimido por la Fiscalía de la Comunidad de Madrid al entender que la querella de Begoña Gómez se había limitado a "aportar meras noticias que aparecen publicadas en los medios de comunicación y redes sociales" de los que no se desprende indicio alguno" de que el magistrado que instruye la causa haya realizado los hechos denunciados. En ambos casos, se apuntó a las acusaciones populares.
Respecto al delito de prevaricación denunciado por Gómez, el Ministerio Público y el TSJM van en direcciones similares. El tribunal entiende también que las resoluciones recurridas por la defensa "algunas han sido confirmadas por el órgano objetivamente competente de hacerlo", en este caso la Audiencia Provincial y, otras han sido revocadas, "por lo que el procedimiento se ha reconducido en términos no lesivos para los derechos de la querellante". De esta forma, avala las principales resoluciones dictadas por Peinado y que han conseguido la imputación de la mujer del presidente del Gobierno.
Querella Pedro Sánchez
La Sala, no obstante, se mostró más crítica con el escrito de la Abogacía del Estado y con la estrategia de esta institución para con el juez instructor. Los magistrados anotaron en su auto de inadmisión que la querella de Sánchez se basaba en un "carácter especulativo" y de "prejuicio", "que no obedece sino al intento de tergiversar el fin lícito que implica el tipo delictivo que se le imputa al querellado: perseguir conductas improcedentes de quien desempeña la función de juez, para mutarse en un intento" de alejamiento del ejercicio puntual de un representante del poder judicial respecto del máximo represente de otro de los poderes del Estado.
Además, el tribunal avaló la decisión del juez de tomar declaración a Pedro Sánchez en La Moncloa, como esposo de la principal investigada. "El Sr. Sánchez es Presidente del Gobierno las 24 horas de todos los días que dure su mandato, lo que implica su plena disponibilidad, para el cargo, no ofrece dudas que también, como persona tiene otras facetas, también trascendentales, que le son inescindibles: como marido, como padre, como ciudadano, como individuo, etc. Todas esas condiciones... no impiden discriminar que llegue al conocimiento de hechos o circunstancias, por una u otras de dichas facetas".
Peinado avanza en sus pesquisas
Las duras resoluciones del TSJM respecto a las querellas presentadas por el matrimonio Sánchez-Gómez suponen un nuevo batacazo para la estrategia comunicativa adoptada por Moncloa asegurando que la investigación contra Begoña Gómez quedaría en nada. El juez instructor avanza en sus pesquisas respecto a la creación cátedra extraordinaria concecida por la Universidad Complutense de Madrid a la esposa del líder del Partido Socialista y su trabajo en el IE África Center.
Entre las últimas diligencias acordadas por el magistrado destaca, la citación en calidad de testigo al responsable de los servicios jurídicos de la Universidad Complutense de Madrid, Gabriel Ramón Navarro Azpiroz, consejero del Gobierno de Esperanza Aguirre. Esta y otras próximas declaraciones que se esperan en el Juzgado de Instrucción Número 41 de Madrid, pueden convertirse en un balón de oxígeno para la causa que dirige Peinado por tráfico de influencias y corrupción en los negocios después de que el presidente del IE reconociera ante el juez que la investigada no dirigió el África Center hasta que su marino no llegó al Gobierno.
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