España

La Audiencia desestima la denuncia de CCOO contra el marido de Cospedal por los pagos de Liberbank

El sindicato denunciaba que la empresa de López del Hierro percibió del grupo 7.000 euros mensuales durante meses. El magistrado indica que "no se ha aportado documentación que avale que las defraudaciones superaran los 120.000 euros", cantidad mínima para considerarlo delito.

  • Ignacio López del Hierro, junto a su mujer, María Dolores de Cospedal

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno ha rechazado admitir a trámite la querella presentada por CCOO contra directivos de Liberbank y el marido de María Dolores de Cospedal, Ignacio López del Hierro, por presuntas irregularidades y pagos no declarados a la Hacienda Pública.

CCOO denunciaba que la empresa del consorte de la secretaria general del PP, Hilo de Inversiones S.L., percibió del grupo 7.000 euros al mes durante varios meses durante el pasado año "sin que conste que realizara prestación alguna que soportara dichos costes". Sin embargo, Moreno considera que no existen "elementos mínimamente acreditadivos de la realidad de tales afirmaciones".

Según señalaba el sindicato, la entidad también efectuó pagos a la empresa del exsecretario de Estado de Energía y actual presidente del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), Fernando Martí. El magistrado indica en el auto, hecho público este martes, que en este caso la denuncia de CCOO "no se ajusta a la realidad".

Comisiones Obreras dirigía también su querella contra los exdirectivos de Cajastur Felipe Fernández Fernández, María Encarnación Paredes Rodríguez y Jesús María Alcalde Barrio, argumentando que fueron incluidos en el ERE de la caja de ahorros, pero pasaron a prestar sus servicios en Liberbank como miembros del consejo de administración.

Señalaba que acogerse al ERE implicaba la desvinculación efectiva del trabajador con la empresa, por lo que su continuidad provoca que "hubieran podido incurrir en un delito de fraude fiscal al no tributar por las indemnizaciones recibidas".

El magistrado ha seguido el criterio de la Fiscalía, que consideraba que la Audiencia Nacional no es competente para enjuiciar estos hechos. Indica que "no se ha aportado documentación que avale que las defraudaciones superaran los 120.000 euros" que establece la ley para la comisión de un delito contra la Hacienda Pública, y añade que la Audiencia Nacional no es competente para enjuiciar los hechos ya que éstos no supusieron "una defraudación con grave incidencia ni perjuicio para la economía nacional".

Moreno fija en su auto una fianza de 10.000 euros que tendría que depositar CCOO para personarse como parte en el procedimiento inadmitido y ejercitar, de este modo, su derecho a recurrir su decisión.

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación Vozpópuli