Más de dos semanas después de que el Congreso de los Diputados diera luz verde a modificar el término "disminuido" en el artículo 49 de la Constitución, la RAE ha seguido los pasos de la Carta Magna y ha hecho una revisión de los sinónimos y afines de la palabra disminuido. Esto ha llevado a la institución a eliminar el vocablo discapacitado como sinónimo en el apartado de la definición de este término.
"Después de la reforma de la Constitución, la Academia ha revisado los sinónimos y afines de las palabras disminuido y discapacitado para evitar confusiones", ha informado a EFE fuentes de la Real Academia Española.
Se refiere, en concreto, a que en la entrada de su diccionario de la palabra disminuido/da, definida como 'que ha perdido fuerzas o aptitudes, o las posee en grado menor a lo normal', ha eliminado el término discapacitado en el apartado de sinónimos o afines.
Solo dos sinónimos
Después de este cambio, ahora, en dicho apartado, éstos son los términos que aparecen: reducido, encogido (sólo en referencia al tamaño).
La RAE se suma así a la eliminación de esta palabra de nuestro vocabulario para referirse a las personas, y que el pasado 25 de enero fue desterrada de la carta magna en el pleno del Senado con el respaldo de todos los grupos políticos, salvo el de Vox.