España

El 'sí es sí' rebaja a la mitad la condena de un hombre con discapacidad que abusó de una niña

El Tribunal Supremo ha reducido a la mitad la condena a un hombre que se mueve en silla de rueda que abusó sexualmente de una menor en un parque de Quintanar de la Orden (Toledo)

  • Tribunal Supremo -

La Ley del 'solo sí es sí' sigue beneficiando a más agresores. El Tribunal Supremo ha aceptado parte del recurso de casación de un minusválido que fue condenado por abusar de una niña en un parque de Quintanar de la Orden en Toledo. Este hombre, que tiene una discapacidad del 90%, verá reducida su condena de dos a un año de prisión por los hechos que ya fueron sentenciados por la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

La sentencia contra este hombre fue dictada el 2 de diciembre del 2020 por la Audiencia Provincial de Toledo. Sus representantes legales presentaron un recurso de apelación el 2 de julio de 2021 que fue resuelto negativamente por la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. Ante esta situación decidieron como último trámite recurrir al Tribunal Supremo. Este órgano se reunió y resolvió sobre esta cuestión el 31 de mayo.

Los magistrados, con la ponencia del juez Ángel Luis Hurtado Adrián, dieron por validos los antecedentes y los hechos probados de la sentencia. Sin embargo, aceptaron aplicar la Ley del 'solo sí es sí' y reducir la condena de este hombre de dos años a uno de prisión. También, a este hombre con discapacidad se le añadió la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de los derechos de patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento por un tiempo de cuatro años.

La víctima, una niña de 7 años

Este suceso, resuelto ahora por el Tribunal Supremo, se remonta al 6 de mayo de 2018 a las diez de la noche en un parque de Quintanar de la Orden (Toledo). El condenado, que carecía de antecedentes penales, está afectado de parálisis infantil cerebral que le tiene sumido en silla de ruedas con dificultad para el movimiento. Este minusválido se dirigió verbalmente a una menor de 7 años que se encontraba jugando con otro niño de la misma edad.

Solicitó a la niña que se acercara y le diera un beso, a lo que la menor se negó. Sin embargo, el hombre actuó "cogiéndola seguidamente del brazo, alzándola a su nivel y besándola en la comisura de los labios movido por satisfacción sexual", según detalla la sentencia del Supremo. Las diligencias fueron practicadas por el Juzgado de Instrucción número 2 de Quintanar de la Orden.

Un hombre con discapacidad

Tiempo después, la Sección 2 de la Audiencia Provincial de Toledo condenó a este hombre a dos años de prisión como autor responsable de abuso sexual a una menor de 16 años. También se le impuso la prohibición de aproximación a menos de 500 metros y comunicación con la víctima por un plazo de cinco años. Una vez extinguida la condena se le impondrá la libertad vigilada por un plazo de cinco años.

En este caso, el Ministerio Fiscal se interesó por la inadmisión y la desestimación de los recursos presentados por la defensa del condenado. Sus representantes legales consideraron que con este hombre, que tiene un 90% de discapacidad, se había infringido los derechos de los que disponía.

Subrayaron que debido a este motivo, por su forma física, no podría haber sido capaz de realizar movimientos ni aprehender objetos con fuerza como habría hecho a la menor. Sin embargo, el Supremo desestimó este requerimiento y consideraron que la declaración de la niña tiene suficiente credibilidad ya que explicó al detalle el abuso que sufrió por parte de este hombre con discapacidad.

1.127 rebajas de penas y 115 excarcelaciones

Los últimos datos sobre la reducción de penas por delitos sexuales tras la entrada en vigor de la conocida como ley del 'solo sí es sí' datan del pasado 1 de junio. Según las cifras recabadas por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) los tribunales han acordado 1.127 rebajas de penas y 115 excarcelaciones.

El órgano de gobierno de los jueces precisa que estas cifras reflejan la información proporcionada desde el Tribunal Supremo (TS), la Audiencia Nacional (AN), los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ) y las audiencias provinciales. No están incluidas las de los juzgados de lo penal, competentes para juzgar delitos contra la libertad sexual penados con hasta 5 años de prisión, "ante la dificultad de recabar esta información de los órganos unipersonales". Este caso si que entró en este recuento ya que la sentencia del hombre con discapacidad fue publicada un día antes del balance final.

Apoya TU periodismo independiente y crítico

Ayúdanos a contribuir a la Defensa del Estado de Derecho Haz tu aportación Vozpópuli