Opinión

Rey Juan Carlos: no hay dos sin tres

El 9 de diciembre de 2020, Juan Carlos I presentó, “ante las Autoridades Tributarias competentes”, una autoliquidación extemporánea mediante la que ingresó la cantidad total de 678.393,72 euros, intereses y

  • El rey Juan Carlos I.

El 9 de diciembre de 2020, Juan Carlos I presentó, “ante las Autoridades Tributarias competentes”, una autoliquidación extemporánea mediante la que ingresó la cantidad total de 678.393,72 euros, intereses y recargos incluidos. Conocimos la noticia a través de una escueta nota de prensa redactada por el abogado del mal llamado “rey emérito”, Javier Sánchez-Junco Mans. Parecía evidente que, después de la autoliquidación mencionada, Juan Carlos de Borbón ya no tenía ninguna cuenta pendiente con la Hacienda Pública de nuestro país. Así se deducía del párrafo final de la nota: “En cualquier caso S.M. el Rey D. Juan Carlos, continuará, como siempre lo ha estado, a disposición del Ministerio Fiscal para cualquier trámite o actuación que considere oportunos”. La voluntad de colaboración de Juan Carlos I con la Justicia –según afirmaba su letrado- era absoluta e incondicional.

Sin embargo, Juan Carlos nos había mentido por enésima vez. Ni su regularización de diciembre había sido completa ni, en su fuero interno, existía el ánimo de colaborar con la Fiscalía. El pasado 24 de febrero transcendió una segunda regularización del padre de Felipe VI, que ingresó a favor de la Agencia Tributaria 4.395.901,96 euros, incluidos recargos e intereses de demora. La cuota abonada correspondería, según algunas fuentes, a una base imponible del IRPF superior a ocho millones de euros abonados por la Fundación Zagatka (que está en el punto de mira de Ives Bertossa, fiscal del cantón suizo de Ginebra) a lo largo de varios ejercicios (hasta 2018). La Fundación habría pagado directamente los gastos de desplazamiento en jets pertenecientes a una compañía privada del sector aeronáutico, satisfechos durante el dilatado periodo de once años (2009-2018). Se supone que Juan Carlos I habría regularizado dichos gastos, exclusivamente, por los periodos no prescritos (cuatro años). Por si fuera poco, el abogado de Juan Carlos I ha reconocido que la Fundación Zagatza había asumido también las rentas por los servicios realizados por el “benemérito”.

Remuneraciones en especie

Se trataría de remuneraciones en especie, aunque no consta la fuente de renta de la que proceden (trabajo, actividades económicas o capital mobiliario). Por la cuantía ingresada se deduce, en principio, que serían rendimientos del trabajo sujetos a la escala general de gravamen. Nos lleva a este indicio la proporción que existe entre la supuesta base y la cuota regularizada, una ratio que otorga verosimilitud a la idea de que las rentas en especie han sido gravadas al tipo marginal máximo de la escala general (mucho más elevado que los tipos de la base del ahorro, en la que se integran los rendimientos del capital mobiliario). Pero la reflexión anterior constituye, exclusivamente, una conjetura razonable porque la deuda pagada por Juan Carlos I incluye los recargos y los intereses de demora correspondientes.

La Fundación Zagatka se constituyó en el Principado de Liechtenstein (que siempre ha sido calificado como un “paraíso fiscal” por las autoridades españolas) el 1 de octubre de 2003. Su operativa bancaria se desarrolla en Suiza. En el momento de su constitución, el primer beneficiario era Álvaro de Orleans, primo lejano de Juan Carlos. El segundo beneficiario era un hijo de don Álvaro. En la tercera y cuarta posición figuraban, respectivamente, Juan Carlos I y Felipe VI, para el caso de fallecimiento de los miembros de la familia de Orleans. En la parrilla de salida, ocupaban la quinta base, ex aequo, Elena y Cristina de Borbón. Según sus estatutos originales, la Fundación tenía un objetivo exótico: se creó para ayudar [¿?] al sucesor de Franco en reconocimiento a su contribución a la democracia en España.

En el verano de 2018, las autoridades helvéticas bloquearon todas las cuentas bancarias de las que era titular Álvaro de Orleans e, igualmente, las de la Fundación Zagatka.

En junio de 2020, la Fundación modificó sus estatutos y “borró” a Juan Carlos, Felipe, Elena y Cristina de la lista de beneficiarios. Desde ese momento su objetivo estriba en “garantizar la asistencia financiera a la familia del fundador”, Álvaro de Orleans. En el verano de 2018, las autoridades helvéticas bloquearon todas las cuentas bancarias de las que era titular Álvaro de Orleans e, igualmente, las de la Fundación Zagatka. No se sabe de forma cabal cuál es la fuente financiera de Zagatka. Sí conocemos, sin embargo, una circunstancia en principio ajena a la familia de Orleans. Con anterioridad a la creación de Zagatka (corría el año 2012), el rey Juan Carlos I “vació” su cuenta suiza en el banco Mirabaud y transfirió el saldo íntegro a una cuenta que su amiga Corinna Larsen mantenía abierta en el paraíso fiscal de Nassau.

Viajeros procedentes de los Emiratos Árabes declaran haber visto al “benemérito” en la tienda de un casino con la intención de adquirir un cubilete con sus correspondientes dados de fantasía. “Dios no juega a los dados con el universo”, afirmó Einstein. Juan Carlos, como no es Dios, ha tirado por otro lado y ha apostado su regularización fiscal al azar. ¿Le ha salido bien la partida? Yo creo que ha cerrado uno de los capítulos de su biografía fiscal pero ha echado más sal a una vieja herida que puede acabar en gangrena.

Es más que probable que el “rey viejo” se estrelle contra el Código Penal (CP). En primer lugar, es dudoso que sus dos regularizaciones hayan sido “espontáneas”. Un miembro de la Fiscalía del Tribunal Supremo dijo en su día que la institución le había comunicado a Juan Carlos I, allá por noviembre de 2019, la apertura de tres diligencias de investigación por la posible comisión de varios ilícitos criminales (delitos contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales). Si fuera cierto, ninguna de la dos regularizaciones practicadas hasta la fecha gozaría de la “excusa absolutoria” prevista en el artículo 305.4 del Código Penal (CP). Juan Carlos I mantendría incólume su supuesta responsabilidad penal y los pagos realizados tendrían únicamente la consideración de “pagos a cuenta” a deducir del monto total de la responsabilidad civil derivada del delito. Además, al menos la primera regularización no fue veraz y completa.

Más complicaciones

Aparte de lo anterior, al “rey viejo” se le pueden complicar aún más las cosas. El artículo 305 bis CP regula un subtipo agravado del delito fiscal, castigado con pena de prisión de dos a seis años y multa del doble al séxtuplo de la cuota defraudada cuando en la defraudación concurra alguna de las circunstancias siguientes:

A) Que la cuantía de la cuota defraudada exceda de seiscientos mil euros.

B) Que la defraudación se haya cometido en el seno de una organización o de un grupo criminal.

C) Que la utilización de personas físicas o jurídicas interpuestas, negocios o instrumentos fiduciarios o paraísos fiscales […] oculte o dificulte la determinación de la identidad del obligado tributario.

No me parece impertinente preguntar cuáles fueron los servicios efectuados por “el benemérito” cuya contraprestación ha originado, hasta ahora, las dos regularizaciones tributarias que ha realizado

Como solo los ángeles dan dinero gratis et amore, no me parece impertinente preguntar cuáles fueron los servicios efectuados por “el benemérito” cuya contraprestación ha originado, hasta ahora, las dos regularizaciones tributarias que ha realizado. Unos servicios no concretados pero reconocidos por su letrado a propósito de la deuda ingresada hace unos días. ¿Por qué el empresario mexicano Allen Sanginés-Krause le cedió el uso de la tarjeta de crédito (a nombre de un testaferro de Juan Carlos), asociada a las cuentas del mexicano, con la que el emérito atendió la satisfacción de sus bagatelas y que, en diciembre de 2020, dio lugar a una regularización de pitiminí por las donaciones recibidas?

¿Cuáles fueron los servicios del “emérito” cuya contraprestación asumió la fundación de Álvaro de Orleans? Como una cereza forma un racimo con sus congéneres, tampoco considero ocioso conjeturar que el “rey viejo” tenga, o haya tenido, un patrimonio oculto en el extranjero que fuera un dominio ficticio de algunas personas que hayan fungido como testaferros de su Majestad. Si la realidad y las conjeturas coincidieran, la segunda regularización efectuada por el “emérito”, lejos de mejorar su situación penal, le proporcionará mayores quebraderos de cabeza. Incluso si las dos regularizaciones hubieran sido, hipotéticamente, irreprochables. Porque, no obstante, con su conducta Juan Carlos ha dejado sus vergüenzas al descubierto. ´

Sanciones de cifras monstruosas

Una reforma de la Ley General Tributaria (LGT) operada en 2012 creó una nueva obligación informativa. Nacía la “declaración de bienes y derechos en el extranjero”, a cumplimentar por los contribuyentes afectados mediante la presentación del nuevo modelo oficial 720. La falta de presentación del modelo 720, su presentación fuera de plazo o de forma incompleta, o con datos inexactos o falsos puede comportar para el incumplidor unas consecuencias más que severas. En primer lugar, la propia LGT tilda los citados defectos como un incumplimiento de obligaciones formales, asignándoles unas sanciones que –no es broma- importan unas cifras monstruosos. Sin embrago, lo peor son las repercusiones del incumplimiento en la imposición personal del obligado tributario. Si éste es un particular, el artículo 39.2 de la Ley del IRPF considera que la falta de declaración correcta del modelo 720 lleva aparejada la imputación de una ganancia injustificada de patrimonio, de carácter imprescriptible. De tal forma que, si “le pillan” al infractor, la cuantía de la deuda tributaria que la Agencia Tributaria liquidaría a cargo del obligado superaría con creces el propio valor de sus bienes en el extranjero (ocultos o no declarados).

El último problema que deberá afrontar Juan Carlos I señala al país que inventó el reloj de cuco. En la patria de Guillermo Tell no rige la Constitución Española. En el cantón de Ginebra la figura de Juan Carlos de Borbón no es inviolable, se trata de un esquiador más aunque los problemas se acumulan sobre él como bolas de nieve que pueden provocar un alud. Corinna Larsen y los testaferros Dante Canonica y Arturo Fasana, abogados y viejos conocidos de Juan Carlos están siendo investigados formalmente por el fiscal Yves Bertossa. Los próximos en la lista pueden ser Juan Carlos y su primo Alfonso. Quizás Bertossa desea ser tan famoso como en su día lo fue fue Baltasar Garzón, el juez que no veía amanecer. Pero, sobre todo, Suiza ya no es la que era. Hoy le interesa ser un ejemplo de transparencia, después de la cruzada norteamericana contra su opacidad fiscal, que tantos perjuicios ha ocasionado al Tesoro de los Estados Unidos por “las fugas tributarias” de sus nacionales.

No hay dos sin tres. ¿Quién dará el siguiente paso? ¿La Agencia Tributaria? ¿La Fiscalía del TS? ¿El cantón de Ginebra? La Historia, grande o pequeña, no está escrita. Ni lo estará jamás si continúa la opacidad de la Corona (y la opacidad del Gobierno sobre los inquilinos, presentes o ausentes, de La Zarzuela).

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