La igualdad en la aplicación de la Ley es un principio fundamental de cualquier Estado de derecho. Supone que las personas no deben ser tratadas de forma diferente ante la ley, salvo que exista una justificación fundada y razonable.
La igualdad jurídica, en su manifestación de la ausencia de discriminación en la aplicación de la Ley ante los tribunales, ha sido fruto de una larga evolución histórica. La Revolución Francesa significó un gran paso con respecto a la proscripción de la discriminación, porque propició la abolición de los privilegios feudales de la aristocracia. Desde entonces, los países más democráticos, con Estados de derecho de corte liberal, han avanzado considerablemente en la extensión del principio de igualdad jurídica.
En la Constitución de 1978 se consagra la igualdad como valor superior del ordenamiento jurídico y es un principio fundamental de nuestros derechos y libertades. La igualdad jurídica supone que todos deben ser juzgados por los mismos tribunales y con igual aplicación de las normas jurídicas.
Es verdad que la clase política española tiene diversos privilegios que cuestionan el principio de igualdad. Así, la inviolabilidad por las manifestaciones en el ejercicio de sus funciones. Igualmente, la inmunidad que les protege prohibiendo su detención –salvo en caso de flagrante delito- y su procesamiento sin la previa autorización de la cámara respectiva. Y, por último, los aforamientos, que suponen residenciar su enjuiciamiento en tribunales concretos, distintos de los competentes para enjuiciar al resto de los ciudadanos.
En nuestro país estamos asistiendo a un considerable aumento de los privilegios no ya para todos los políticos, sino para los que detentan en la actualidad el poder, que buscan inmunidad cuando no impunidad, generándose así un sistema de justicia paralelo
Sin embargo, de un tiempo a esta parte, en nuestro país estamos asistiendo a un considerable aumento de los privilegios no ya para todos los políticos, sino para los que detentan en la actualidad el poder, que buscan inmunidad cuando no impunidad, generándose así un sistema de justicia paralelo al del resto de los ciudadanos.
A esa finalidad obedece el indisimulado afán de controlar el CGPJ, para intentar a su vez influir en los nombramientos de los altos cargos de la magistratura, esos que por el aforamiento están encargados de juzgar a los políticos si cometen un ilícito penal.
Asistimos en su día a la modificación del Código Penal eliminando el delito de sedición y rebajando las penas del delito de malversación, en ambos casos con la pretensión de dulcificar las condenas del “procés” por esos delitos.
Hemos presenciado también una utilización perversa del derecho de gracia, mercadeando indultos a los socios políticos de la mayoría parlamentaria para posibilitar una investidura o el mantenimiento de esa mayoría en el poder. Medidas de gracia que se concedieron, por ejemplo, a quienes dieron un golpe de estado en Cataluña y fueron condenados por el Tribunal Supremo.
Por la vigencia del principio acusatorio y ante la más que probable falta de impulso del Ministerio Fiscal, que vive uno de los momentos de mayor dependencia del Gobierno de todo el periodo democrático, esos procesos podrían archivarse y las conductas supuestamente delictivas no podrán ni ser investigadas.
Por si esto fuera poco y como quiera que algunos de los independentistas que participaron en el golpe de Estado de Cataluña huyeron de España, se dio el paso insólito de la aprobación de una Ley de Amnistía. La Ley de amnistía ha supuesto un ataque directo y frontal al poder judicial, a la división de poderes y por ello al Estado de derecho. Y todo exclusivamente para excepcionar de la aplicación de la Ley a unos políticos que cometieron graves delitos, con la finalidad de asegurarse el apoyo de los mismos.
Pero esto no termina aquí. Algunos proyectos legislativos en marcha pueden acentuar aún más los privilegios, consolidando una casta política inmune. Ya no se trata de extender el manto protector de la impunidad a los miembros del partido, ni sus socios, sino incluso a sus familiares. Ese y no otro es el objeto de la reforma de la acción popular, que no obstante estar reconocida en el artículo 125 de la Constitución como un mecanismo valioso de participación democrática en la Justicia, va a ser desarticulada de hecho con la finalidad de hacer decaer los procesos que atenazan a esos familiares y al Fiscal General del Estado. Por la vigencia del principio acusatorio y ante la más que probable falta de impulso del Ministerio Fiscal, que vive uno de los momentos de mayor dependencia del Gobierno de todo el periodo democrático, esos procesos podrían archivarse y las conductas supuestamente delictivas no podrán ni ser investigadas.
De igual forma, el propósito de atribuir la instrucción a los fiscales en una reforma legal anunciada, asegura que ni tan siquiera se abrirán investigaciones a la casta política gobernante, a la que así se asegura la total falta de responsabilidad frente a los delitos que se les pudiera atribuir. La impunidad total de la corrupción política.
El Tribunal Constitucional más nítidamente partidista de la historia democrática española, a través del recurso de amparo, superado en sus contornos constitucionales, está revisando la aplicación de la legalidad ordinaria por los tribunales en una última instancia
A estos propósitos no es ajena tampoco la pretensión de reformar el acceso a la Carrera Judicial, que hoy se realiza a través de un sistema que valora el mérito y la capacidad y que es absolutamente objetivo, para sustituirlo por otro que va a residenciar la preparación en el Centro de Estudios Jurídicos, órgano dependiente del Ministerio de Justicia, todo ello con la indisimulada intención del control político de los jueces que acceden a la carrera judicial.
Para terminar, si todo lo anterior falla, el Tribunal Constitucional más nítidamente partidista de la historia democrática española, a través del recurso de amparo, superado en sus contornos constitucionales, está revisando la aplicación de la legalidad ordinaria por los tribunales en una última instancia, situándose por encima del Tribunal Supremo, anulando procesos de corrupción política tan graves como el de los ERES.
Todas estas iniciativas, vigentes algunas y proyectadas otras, se sustentan en objetivos pretendidamente positivos, como preservar la convivencia, armonizar la legislación española con la europea o la apelación a la soberanía popular, mientras en paralelo se genera una profunda desconfianza hacia los jueces, poniendo en cuestión su calidad jurídica e incluso atribuyéndoles un propósito político con sus decisiones (lawfare). Detrás de todo ello, sin embargo, se oculta el propósito real, que no es otro que conseguir la impunidad, mediante leyes ad hoc, que violentan el principio de igualdad y el de la generalidad de las normas jurídicas.
En estas circunstancias, la reconstrucción del principio de igualdad y del propio Estado de derecho se muestra como una tarea titánica pero imprescindible para preservar uno de los pilares de nuestra democracia, el de que la justicia sea igual para todos.
LUIS SANZ ACOSTA
Magistrado
Miembro de la Asociación Judicial Francisco de Vitoria
Vicepresidente de la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial
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ccdameros
02/04/2025 07:24
Enhorabuena por el artículo. Todo mi apoyo a los jueces. Sé que son humanos y pueden equivocarse en sus sentencias, pero no podemos perder la fé en la justicia. Creo que es el momento, sin tardanza, de que ustedes alcen la voz. A los ciudadanos solo nos queda que la justicia haga su trabajo. Que ustedes sigan adelante. Y abran los ojos a la gente adormecida por un falso bienestar. Salgan a la calle! Yo les apoyaré siempre.
javimerinero
02/04/2025 09:31
En Venezuela, el punto de no retorno hacia el infierno fue la toma por parte de Chávez del Supremo. Aquí los únicos que pueden evitar que España se precipite al abismo populista al que nos está conduciendo el PSOE (primero con ZP y ahora con Pedro Sánchez) son los jueces. Confiamos en vosotros.