Tribunales

El TC consuma su maniobra para apartar a Macías de todos los fallos sobre la amnistía

El conservador también fue apartado hace dos semanas de la deliberación sobre la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Supremo

  • El abogado José María Macías Castaño. -

El Tribunal Constitucional ha decidido apartar definitivamente, y por mayoría, al magistrado José María Macías de todos los recursos y cuestiones de inconstitucionalidad sobre la ley de amnistía “para garantizar la imparcialidad del tribunal”. Le han apartado de 16 recursos de inconstitucionalidad y 4 cuestiones de inconstitucionalidad. Según la corte de garantías, esta decisión va acompañada de los votos particulares de los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa.

Entienden que, una vez que se ha estimado ya una causa de recusación objetiva, ello se aplica a todos los procedimientos que tengan por objeto la resolución sobre la ley de amnistía. Y es que, el pasado 15 de enero la corte de garantías también tomó la decisión, por seis votos a favor y cuatro en contra, de apartarle del debate sobre la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Supremo. Contó también con el voto particular de Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa, que entendían que la resolución vulneraba el derecho al ejercicio del cargo de Macías y, por tanto, le causaba indefensión.

Hay que recordar que la petición de apartar a Macías de la recusación de hace dos semanas partió del fiscal general del Estado que, a su vez, hoy mismo ha acudido a declarar en calidad de imputado ante el Tribunal Supremo por presunta revelación de secretos. Álvaro García Ortiz alegó que, en su época como vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el magistrado se había pronunciado en textos con “valor institucional” sobre la citada ley impulsada por los socialistas, lo que le contaminaría a la hora de participar en las deliberaciones. El fiscal entendía que afectaba a su imparcialidad al haber manifestado ya su criterio jurídico sobre este asunto.

Su ausencia en este debate no será la única. El magistrado Juan Carlos Campo también decidió abstenerse porque, cuando era ministro de Justicia en el Gobierno de Pedro Sánchez entre enero de 2020 y julio de 2021 declaró que tal ley era “claramente inconstitucional” en los informes a favor de indultar a los condenados por el ‘procés’.

Fuentes jurídicas consultadas por Vozpópuli han revelado que la decisión de recusar a Macías era una estrategia para no señalar al presidente Cándido Conde-Pumpido con su voto de calidad. Una recusación que, según explicaron, no habría tenido lugar si Campo no se hubiese apartado. 

Hay que recordar que el TC se compone actualmente de 12 magistrados, de los cuales 7 son progresistas y 5 conservadores. Por lo que, con la marcha de Campo, la composición de la corte de garantías quedaba en 6-5. Este escenario, según estas mimsmas voces, hubiese provocado que el voto del presidente, salvo sorpresas, definiese el resultado al ser el último en votar.

De modo que, con la recusación de Macías, el TC pasaba a tener una composición de 6-4, lo que hubiese provocado que, como el voto de Conde-Pumpido ya no iba a ser decisivo, quedase "difuminado". De esta forma, se evitaba la afirmación de que la ley se aprobó gracias al voto del presidente.

 

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