Se acerca ya el mes de noviembre, vísperas de la Navidad, donde ya se comienzan a ver publicidad de regalos, descuentos de productos y ropa, además del encendido de las luces en muchísimos sitios de nuestro país.
Y es que la Navidad, a quien más y a quien menos, le gusta a casi todo el mundo. Se junta la familia, tienes unos días de vacaciones, las calles está adornadas... y, sobre todo, un gran aliciente: la paga extra de Navidad.
Y es que según recoge la Seguridad Social, los trabajadores tienen derecho a recibir dos pagas extras, una en verano, que se ingresa en el mes de junio, y otra en Navidad. Aunque, ojo, no todos los empleados reciben este dinero de la misma forma, ya que depende del número de pagas. Por lo que solo los asalariados que tengan su sueldo en 14 pagas (en vez de 12) serán los únicos que puedan acogerse a esta medida.
Cabe recordar que esta paga extra se otorga junto a la nómina de diciembre, aunque a veces algunas compañías adelantan esta cantidad al mes anterior.
¿Y la paga extra de los pensionistas?
No solamente los trabajadores tienen derecho a cobrar la paga extra de Navidad y verano, sino que este derecho se extrapola también a los pensionistas que reciban el subsidio a través de la Seguridad Social.
De este modo, los pensionistas que hayan adquirido su pensión durante todo el semestre previo, recibirán un pago equivalente a su pensión mensual.
Con esto, la fecha en la que los pensionistas suelen recibir la segunda paga extra es entre el 22 y 26 de noviembre. Es importante recalcar que no todos los pensionistas recibirán la misma cantidad de dinero, al igual que sucede con los trabajadores.
No todos los pensionistas cobrarán la paga extra de Navidad
Pese a lo mencionado anteriormente, no todos pensionistas tendrán la suerte de cobrar el doble en noviembre. Parte de los pensionistas no tiene derecho a esta paga adicional y tendrán que conformarse con su pensión normal.
Las pensiones que no tienen derecho a la paga extra son las derivadas de un accidente laboral o de enfermedad profesional. Además, esto aplica también a las pensiones de viudedad, orfandad y a favor de familiares que deriven de accidente laboral o enfermedad profesional.
La principal razón es que el pago de estas pensiones está prorrateado y se abona en 12 pagas en lugar de las 14 habituales. De este modo, no es que estos pensionistas cobren menos, simplemente perciben la pensión de forma diferente.
Recrodar que tampoco cobrarán los pensionistas cuya pensión se haya reconocido más tarde del 30 de noviembre, que marca el final del periodo de cómputo para esta paga extra, ni los pensionistas cuya pensión haya estado suspendida los últimos seis meses, que son los que dan derecho a percibir esta prestación adicional.
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