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La Audiencia de Barcelona confirma la condena por abusos sexuales a Hugo Mallo, excapitán del Celta

El tribunal desestima por unanimidad el recurso de apelación y ratifica la sentencia por tocamientos en 2019

  • Hugo Mallo, excapitán del RC Celta de Vigo -

La Audiencia Provincial de Barcelona ha ratificado la condena íntegra impuesta al exfutbolista del RC Celta de Vigo, Hugo Mallo, por un delito de abusos sexuales ocurrido en abril de 2019. El tribunal, conformado por seis jueces -tres mujeres y tres hombres-, desestimó de forma unánime el recurso de apelación presentado por la defensa del deportista. Según la resolución, "se ha alcanzado plena convicción de que los hechos sucedieron como los relató la víctima" (mascota del RCD Espanyol).

El incidente ocurrió el 24 de abril de 2019, en los momentos previos al partido de LaLiga entre el equipo catalán y el mismo RC Celta de Vigo, en el RCDE Stadium. Durante el tradicional saludo entre jugadores de ambos clubes, Mallo, por aquel entonces capitán del conjunto celeste, llegó al lugar donde se encontraba Carme Coma, quien trabajaba como mascota oficial del RCD Espanyol, conocida como “la periquita”. Según el relato de la víctima, Mallo le metió las manos por debajo del disfraz y le tocó los pechos sin ningún tipo de consentimiento dado por su parte.

La situación fue narrada por Coma en su momento y respaldada con pruebas inculpatorias, incluidas grabaciones en vídeo presentadas durante el juicio. Coma tuvo que apartar a Mallo con su mano derecha y retroceder para detener el acto.

El caso fue juzgado inicialmente en el Juzgado de lo Penal número 19 de Barcelona. En septiembre de 2023, el magistrado Salvador Roig Tejedor consideró probados los hechos, dictaminando que Mallo actuó "con la intención de satisfacer su ánimo libidinoso y menoscabar la indemnidad sexual de la víctima". En su sentencia, el juez le impuso una pena económica de 24 meses de multa, equivalente a unos 7.000 euros, además del pago de las costas procesales, incluidas las de la víctima.

La defensa del futbolista intentó apelar la decisión argumentando la falta de pruebas y cuestionando la validez de ciertos testimonios, incluido el del portero Rubén Blanco, quien declaró no haber presenciado los hechos. Sin embargo, la Audiencia Provincial descartó estos argumentos y reiteró que la condena está respaldada por suficientes elementos probatorios, como el testimonio directo de la víctima.

Hugo Mallo (2) durante un encuentro con el RC Celta de Vigo | EFE

En cuanto al comportamiento del propio Mallo, el tribunal destacó que no mostró arrepentimiento ni realizó actos de constricción hacia Coma, lo cual reforzó la no aplicación de una pena mínima sobre el actual defensa del Aris Thessaloniki griego.

Cinco años después, todo parece aclararse

El proceso contra Hugo Mallo se rigió bajo el Código Penal vigente en 2019, previo a la entrada en vigor de la Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual, conocida como la ley del "sí es sí". De haberse juzgado bajo esta normativa, el jugador podría haber enfrentado una condena por agresión sexual, con penas potencialmente más severas. Además de la multa económica, la sentencia incluye una indemnización de 1.000 euros más intereses por todos los daños morales causados a la víctima.

No obstante, Hugo Mallo aún tiene la opción de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, amparado en el artículo 847 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Esta sería su última oportunidad para intentar revocar la condena, aunque la unanimidad del fallo podría anticipar un desenlace desfavorable para el jugador.

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