Esta semana ha entrado en vigor el nuevo sistema de notificación de multas de tráfico. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha modificado este modelo de notificación de sanciones. Una de las principales novedades es que las multas dejarán de llegar a través de correo ordinario.
Hace unos días, la DGT introdujo otra novedad en las carreteras: los conos conectados. Esto permite conocer con antelación y en tiempo real las zonas en las que hay operarios trabajando en obras. Es importante destacar que en 2021, hubo hasta 158 accidentes en estos lugares.
¿Qué cambia el sistema de notificación de multas?
Ahora, para saber si tienes una multa de Tráfico, tendrás que acceder a la Dirección Electrónica Vial (DEV). Se trata de una especie de buzón digital de la DGT. Para recibir las notificaciones, será necesario darse alta.
En el DEV es imprescindible acceder con una identificación electrónica. Una vez realizado el registro se podrá acceder a la sede online y al apartado de notificaciones electrónicas.
Si no se efectúa el registro y se recibe una multa, la DGT enviará un mensaje al teléfono móvil o un correo electrónico para avisar que existe un aviso en el buzón del DEV que tiene que consultar.
Aunque la entrega de las multas se va a hacer de forma telemática, sus efectos judiciales siguen siendo los mismos que cuando se notificaba en papel o en físico. Todo tipo de infracción se emitirá de forma electrónica en el sistema.
¿A quién afecta?
Una de las peculiaridades de este cambio de la DGT es que solo va a afectar a un grupo de conductores: las personas jurídicas. Esto quiere decir que los conductores regulares quedan fuera de este cambio. El nuevo sistema de notificación de multas es para empresa o entidades, como por ejemplo, renting de vehículos o compañías de alquiler de coches.
Los conductores particulares no tendrán que preocuparse por estos cambios porque no les afectan. El aviso de las infracciones se les seguirá remitiendo con el procedimiento habitual: notificación por correo ordinario y certificado que llega al domicilio.
¿Qué plazos tengo para leer la notificación?
En el momento en el que la notificación se suba en el buzón electrónico, el usuario dispone de 10 días naturales para la lectura. Cuando se descargue, queda registrada la lectura de la notificación, lo que es equivalente a la firma de la entrega de una notificación postal.
Si no procedieras a la lectura en ese periodo, la notificación quedaría en estado de “rechazada”, continuando con el procedimiento. Si el usuario accede al buzón y tiene una notificación pendiente, también puede rechazarla. Una vez se ha leído, el DEV permite que la descargues aunque no tenga ningún efecto administrativo.
Hay que recordar que una vez leída, la DGT da 20 días naturales para realizar las actuaciones que crea oportunas, por ejemplo, abonar la multa, presentar alguna alegación, etc.