Tribunales

Aviso del TS al Gobierno por las competencias del Estado: el País Vasco no podrá homologar los títulos extranjeros

El Supremo señala que la actividad administrativa de verificación de títulos profesionales "competencia exclusiva del Estado"

  • Alumnos universitarios -

El Tribunal Supremo ha anulado en su totalidad el real decreto por el que se traspasan a País Vasco funciones y servicios de homologación y declaración de equivalencia de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros a un título universitario oficial español.

En julio de 2024 el Tribunal Supremo había decretado la suspensión cautelar del traspaso a País Vasco de las funciones para la homologación de títulos extranjeros, que ahora ha decidido anular. En aquel momento el Gobierno Vasco reivindicó que se trataba de una competencia contemplada en el Estatuto y legalmente asumida por las instituciones vascas.

En dos sentencias, la sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo argumenta que el Tribunal Constitucional ya ha establecido que "la actividad administrativa de verificación de las condiciones de expedición de títulos profesionales asociados a enseñanzas universitarias ha de ser competencia exclusiva del Estado".

Verificar la procedencia de la homologación

Del mismo modo, señala ahora el Supremo, también ha de corresponder el Estado verificar la procedencia de la homologación de títulos universitarios extranjeros, "ya que requiere comprobar la enseñanza gracias a la cual se han obtenidos".

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