El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha convocado un Consejo de Ministros extraordinario este viernes con el objetivo de estudiar la aplicación del estado de alarma en la Comunidad de Madrid.
Este movimiento llega como respuesta ante el fallo del Tribunal superior de Justicia de Madrid (TSJM) en el que tumbaba las medidas restrictivas de movilidad que la Comunidad de Madrid se vio obligada a aplicar en la capital y otros nueve municipios.
Duración de 15 días prorrogables
En caso de que el Gobierno aplique finalmente la alarma en la Comunidad de Madrid, su duración inicial será de quince días tras su aprobación en el Consejo de Ministros, sin necesidad de que sea validado por el Congreso de los Diputación.
En caso de que opte por prorrogarlo, sí necesita el visto bueno de la Cámara baja, que controla la aplicación desde su inicio. La presidenta Meritxell Batet recibiría el decreto del Gobierno y lo remitiría a la Comisión constitucional, que podría recabar la información y documentación que estimase oportuna del Ejecutivo.
Según el artículo 165 del Reglamento del Congreso, el decreto debe ser "sometido inmediatamente al Pleno, convocado al efecto si no estuviere reunido, incluso en el período entre sesiones". El máximo órgano de la Cámara baja cuenta con la posibilidad del voto telemático. Si el Gobierno solicita la prórroga, los grupos parlamentarios pueden presentar sus propias propuestas sobre el alcance y las condiciones vigentes durante la misma.