Cataluña

La amnistía de Pedro Sánchez a los implicados en el 'procés' ha beneficiado ya a más de 100 personas

Los jueces tenían dos meses de plazo para aplicar la norma, al margen de recursos y cuestiones prejudiciales

Carles Puigdemont con gesto triunfante en su vuelta a España en agosto de 2024.
Carles Puigdemont con gesto triunfante en su vuelta a España en agosto de 2024. EFE / Alberto Estévez

Hace ya dos meses que entró en vigor la ley de Amnistía con la que Pedro Sánchez cedía ante los causantes de todas las acciones que dieron pie a la declaración de independencia incompleta de Carles Puigdemont en el Parlament en octubre de 2017. Hasta la fecha, el número de beneficiados por esta norma es de 102 personas, entre condenados que han sido exonerados y absueltos que han visto cancelados sus antecedentes.

Entre los condenados que cuentan mayor relevancia y que se han visto beneficiados por la amnistía al 'procés' se encuentran el jefe de la oficina de Carles Puigdemont, Josep Lluís Alay, el escolta del propio expresidente catalán Lluís Escolà, el exconseller de Interior del Govern Miquel Buch así como varios exconcejales del PSC y la exalcaldesa de Figueres Marta Felip.

Hasta ahora, todas las amnistías otorgadas han sido acordadas en los tribunales y juzgados ubicados en Cataluña. Las personas beneficiadas han sido acusadas de delitos como malversación, prevaricación, desobediencia, desórdenes públicos, pertenencia a grupo criminal, tenencia de artefactos explosivos, delitos contra la seguridad vial, atentado contra la autoridad, delitos contra la integridad moral y lesiones.

A dos meses de que los jueces comenzaran a aplicar esta norma, el número de personas beneficiadas, estimado por la Fiscalía —que calcula que podrían beneficiarse hasta 486 personas en 82 causas—, sigue siendo inferior a lo esperado. El Ministerio Público también aclaró que es posible que la amnistía no pueda aplicarse en todos los procedimientos, ya que existen causas en las que se combinan delitos contemplados en la ley con otros, como los delitos de odio, que no están incluidos en el texto legal.

46 policías amnistiados por las cargas

Los que sí han resultado amnistiados han sido 46 agentes de la Policía Nacional que estaban siendo investigados por las cargas del 1-O en colegios electorales de Barcelona. El juez consideró que la amnistía debía ser aplicada en este caso porque "las actuaciones investigadas fueron de escasa duración individual" y estuvieron "enmarcadas en un objetivo policial definido" que no se prolongó en el tiempo "más allá de la propia maniobra policial de entrada y salida de los distintos colegios electorales".

También consta el caso de un exsecretario del Ayuntamiento de Hostalric (Girona), que fue condenado por prevaricación a 9 años de inhabilitación especial para empleo de cargo público por "exagerar" la actuación de un grupo de personas que acudieron al pueblo para retirar lazos amarillos y pancartas en apoyo al proceso independentista.

La Audiencia de Barcelona, por su parte, ha amnistiado hasta la fecha a cuatro miembros de los Mossos d'Esquadra acusados de delitos contra la integridad moral y lesiones.

Policías nacionales desplegados en Barcelona
Policías nacionales desplegados en BarcelonaEFE

Causas retrasadas

En algunos casos, la aplicación de la amnistía podría retrasarse varios meses. Este es el caso del expresidente de la Generalitat Quim Torra y de los exdiputados del Parlament Pau Juvillà (CUP) y Bernat Solé (ERC). A finales de julio, la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) decidió remitir sus respectivas causas al Tribunal Constitucional, debido a las dudas sobre si la aplicación de la Ley de Amnistía podría violar disposiciones de la Constitución.

Además, el TSJC planteó cuestiones de inconstitucionalidad en relación con los cargos imputados a la exconsellera de Cultura, Natalia Garriga (ERC); al exsecretario de Vicepresidencia de la Generalitat, Josep Maria Jové, y al exsecretario de Hacienda y actual presidente del Puerto de Barcelona, Lluís Salvadó.

El principal excluido en la aplicación de la amnistía es Carles Puigdemont, quien aún enfrenta dos procesos judiciales pendientes: las consecuencias del 'procés' y la supuesta trama rusa del independentismo catalán.

En el primero de estos casos, el juez Pablo Llarena se negó a aplicar la amnistía al delito de malversación, el único del que actualmente se le acusa. A raíz de esto, sobre Puigdemont pesa una orden de detención que debía ejecutarse tras su regreso a España la semana pasada, pero su huida evitó que compareciera ante el magistrado.

En cuanto al segundo caso, relacionado con los presuntos contactos del independentismo con el Kremlin en busca de apoyo, el Tribunal Supremo debe responder a la exposición razonada enviada por el juez Joaquín Aguirre, en la que solicita que se investigue al expresidente catalán.

Amnistía a los manifestantes

Al margen, la amnistía también ha afectado entre otros a una treintena de manifestantes en las últimas semanas. Unos habían sido condenados por un delito de atentado contra la autoridad durante las protestas del 1 de octubre de 2020 en Barcelona; otros por las manifestaciones en Cataluña entre 2018 y 2019 a favor del 'procés'.

El TSJ catalán también ha amnistiado a una persona que había sido condenada por un delito de tenencia de artefactos explosivos después de que en diciembre 2018 los Mossos d'Esquadra le requisaran la mochila en una manifestación.

El hombre llevaba, entre otras cuestiones, una botella de plástico con un líquido "muy corrosivo que produce quemaduras en contacto con la piel, por ingestión o por inhalación de sus vapores" envuelta en cinta de embalar con la inscripción de "Puta España". El tribunal ha amnistiado también a otras dos personas que fueron absueltas en el mismo procedimiento.

Hasta el momento, varios tribunales han acordado esperar a aplicar la amnistía ante las dudas que tienen sobre la legalidad de la ley. El Tribunal Supremo ha consultado ya al Tribunal Constitucional por la amnistía a los desórdenes públicos del 'procés' al considerar que vulnera el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica.

Al margen, el alto tribunal ha planteado a las acusaciones y defensas la posibilidad de consultar al Tribunal Constitucional sobre la redacción de la norma en lo relativo a los delitos de desobediencia. Está pendiente que resuelva qué va a hacer.

Por su parte, en la Audiencia Nacional y el TSJ de Cataluña han barajado preguntar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por la aplicabilidad de la ley a los delitos de terrorismo, desobediencia, prevaricación y malversación. Ya el pasado 1 de julio el Supremo rechazó aplicar la amnistía al delito de malversación.

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  • S
    S.Johnson

    ¿Y por qué ponen una foto del payaso estreñido?
    No sean malos.