España

El hotel de El Algarrobico cumple con la legalidad, según la sentencia del TSJA

El Tribunal ha considerado que la licencia municipal de obras, concedida por Azata, se otorgó conforme al planteamiento urbanístico existente, dado que había sido aprobado por la Junta de Andalucía y por el Ayuntamiento.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha determinado que la licencia municipal de obras concedidas por Azata para llevar a cabo el hotel en El Algarrobico de Carboneras, en Almería, “se otorgó conforme al planteamiento urbanístico existente”.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA dictó este miércoles la sentencia en la que ha resuelto el recurso de apelación contra otra sentencia que en 2008 estimó el recurso contra la denegación de la licencia de obras del hotel, según indica Efe, a través de un comunicado del TSJA.

El Tribunal declara en la sentencia que la licencia fue otorgada con arreglo al planeamiento urbanístico, ya que este planeamiento había sido aprobado por la propia Junta de Andalucía y por el Ayuntamiento, contando con informes previos y favorables de la Administración del Estado, que como titular de la defensa de las Costas no opuso ningún inconveniente.

Asimismo, estima el recurso de apelación del Ayuntamiento y la empresa titular de las obras, Azata del Sol SL., revocando en su integridad la sentencia apelada y la deja sin efecto. Esta revocación, está motivada en que la sentencia argumenta “indefensión” a las partes demandadas al “no haber resuelto de forma congruente y motivada sus argumentos contra la revisión de oficio, ni la denuncia del Ayuntamiento de que las asociaciones ecologistas no habían aportado los documentos que exige la Ley para interponer demandas contencioso administrativas".

El Tribunal Superior, resolviendo sobre distintas demandas contra la licencia, acuerda declarar “inadmisibles” los recursos interpuestos en nombre de la Asociación Salvemos Mojácar y el Levante Almeriense, así como en nombre de la asociación "Federación Provincial Ecologistas en Acción-Almería", a causa de que quienes comparecieron en nombre de estas asociaciones, no acreditaron que existiera un previo acuerdo del órgano competente de las mismas para interponer las demandas, que el Tribunal considera imprescindibles para actuar en nombre de una persona jurídica.

También expone que este defecto de comparecencia, que se les puso de manifiesto por la defensa del Ayuntamiento de Carboneras, y que habiendo podido subsanarlo en toda la tramitación ante el Juzgado de Almería, no aportaron el acuerdo, ni alegaron nada sobre la razón de no hacerlo.

Greenpeace

Greenpeace ha instado a la Junta de Andalucía a recurrir la sentencia del TSJA al Tribunal Supremo, porque “antepone los intereses urbanísticos a la protección del medio ambiente”.

Así lo ha expresado en un comunicado en el que solicita la intervención de la junta, a la que ha recordado que es la propietaria del terreno, situado dentro del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, y que por ello “puede y debe proceder a su derribo de forma inmediata”.

Por último, la organización ha subrayado la "extrañeza" que le provoca que esta sentencia haya sido emitida por la Sala Tercera del TSJA, cuando todos los casos relacionados con el hotel ilegal han sido tratados por la Sala Primera de este tribunal.

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