Política

La Fiscalía recurre también la negativa de Llarena de aplicar la "preceptiva" amnistía a Puigdemont

El Ministerio Fiscal recurre la negativa del juez del Supremo de aplicar la amnistía al expresidente catalán porque no hubo ánimo de enriquecerse personalmente ni daño a los intereses financieros de la UE

  • Carles Puigdemont en Bruselas. -

La Fiscalía ha recurrido la negativa del juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena de aplicar la amnistía al expresidente catalán Carles Puigdemont porque no hubo ánimo de enriquecerse personalmente ni daño a los intereses financieros de la UE, que son las excepciones que marca la ley para no perdonar la malversación.

En su recurso de reforma, subsidiario de apelación, la teniente fiscal del Alto Tribunal María Ángeles Sánchez Conde y el fiscal jefe de lo Penal Joaquín Sánchez Covisa señalan que "el Ministerio Fiscal discrepa" con la decisión de Pablo Llarena porque "no es ajustada a Derecho". El primer recurso lo resuelve el juez y si lo rechaza, la Sala se ocupa de la apelación.

Los mismos fiscales firman también el recurso de súplica ante la Sala de lo Penal que tampoco aplicó la amnistía a los líderes independentistas condenados a penas de inhabilitación por el 'procés', entre ellos, al exvicepresidente Oriol Junqueras.

El pasado día 1 Llarena rechazó perdonar el delito de malversación que atribuye a Puigdemont y a los exconsellers Toni Comín y Lluís Puig y acordó mantener vigentes las órdenes nacionales de detención, mientras que la Sala hizo lo mismo con Junqueras y los exconsellers Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa.

Los argumentos del magistrado y de la Sala son similares al entender que concurren dos circunstancias que la ley dejó fuera del perdón: los implicados obtuvieron un beneficio personal al sufragar el referéndum con dinero público y concurre el daño económico a la UE porque el referéndum "afectaba necesaria y automáticamente a la configuración de España y a la dimensión territorial de la UE".

Pero "el Ministerio Fiscal discrepa de la interpretación sostenida" por el juez: "Consideramos que la amnistía prevista por la LO 1/2024 es aplicable a los hechos que son objeto de investigación".

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