Legal

Aluvión de consultas de mutualistas a bufetes para reclamar a Hacienda sus devoluciones

Los despachos recomiendan recurrir la resolución de archivo de cada caso por afectar a la tutela judicial efectiva y al derecho de defensa

  • La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero. -

Los bufetes están recibiendo un aluvión de consultas de mutualistas para reclamar a Hacienda sus devoluciones. Así lo trasladan despachos y abogados consultados por Vozpópuli sobre el giro de 180 grados que ha dado el Fisco, que ha dejado sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF presentadas por los pensionistas de las antiguas mutualidades que todavía estaban pendientes de resolución.

Jesús R. Ballesteros, socio director de Ruiz Ballesteros Abogados y Asesores Fiscales, cuenta que han recibido consultas de clientes y que están analizando acciones. Subraya cómo la nueva disposición pasa por encima de una sentencia del Tribunal Supremo.

Esaú Alarcón, socio en Gibernau, señala que han recibido consultas, como la "gran mayoría de despachos". La vía que recomienda es recurrir la resolución de la Agencia Tributaria (AEAT) de archivo de cada caso, que precisamente se presenta como irrecurrible, por afectar a la tutela judicial efectiva y al derecho de defensa, hasta llegar al Tribunal Constitucional. 

Esaú Alarcón aconseja agrupar reclamaciones y considera que los herederos de los mutualistas podrán reclamar si se diera el caso

Este fiscalista apunta que la cuantía de algunas reclamaciones aconseja que se busque agrupar reclamaciones.

Alarcón considera que los herederos de los mutualistas podrán reclamar si se diera el caso.

El Registro de Asesores Fiscales (Reaf) del Consejo General de Economistas ha criticado la "poca seguridad jurídica y certidumbre" de este cambio de criterio de Hacienda. Su secretario técnico, Rubén Gimeno, advierte del "desasosiego" de los mutualistas que les consultan, a los que se cambia de golpe lo que se estableció el pasado marzo. 

"Muchos morirán antes de cobrar"

La Asociación de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) ha lanzado un rotundo comunicado en el que critica la actuación del Ministerio de Hacienda "por incumplir los principios constitucionales y legales" de actuación de la Administración con respecto a los contribuyentes afectados y alerta de que "muchos morirán antes de cobrar".

Insta a las autoridades tributarias a poner remedio a una modificación que ha dado lugar a una situación "incomprensible, que prolonga el procedimiento y complica el proceso a los afectados".

IHE recuerda que, en virtud de lo dispuesto en la Constitución, la Administración debe servir con objetividad a los intereses generales. Este principio general encuentra su acomodo en el ámbito de la Administración Tributaria en el artículo 3.2 de la Ley 58/2003, General Tributaria, que garantiza los principios de proporcionalidad, eficacia y limitación de costes indirectos derivados del cumplimiento de obligaciones formales, asegurando, igualmente, el respeto de los derechos y garantías de los contribuyentes.

Además, el principio consagrado jurisprudencialmente como de "Buena Administración", e incardinado implícitamente en varios preceptos de nuestro ordenamiento jurídico, obliga a actuar siempre "con arreglo a la eficacia señalada, pero también de acuerdo con los principios de eficiencia, transparencia, imparcialidad, seguridad jurídica y respeto a los derechos de los ciudadanos", señalan.

El procedimiento queda sin efecto

Según explica la AEAT en su página web, este cambio, introducido en una enmienda del Grupo Socialista en la Ley del impuesto complementario para las multinacionales aprobada el pasado 19 de diciembre, implicará que los beneficiarios tendrán que solicitar cada año la devolución correspondiente a un ejercicio durante las próximas cuatro Campañas de la Renta en lugar de cobrarlo de entrada y muchas solicitudes presentadas quedan invalidadas.

Así, la devolución del ejercicio 2019 se podrá pedir en 2025; la de 2020, en 2026; la de 2021, en 2027, y la de 2022, en 2028, en lugar de hacerlo todo en un único procedimiento como se había previsto en un principio.

Hasta el pasado mes de noviembre, la Agencia Tributaria había devuelto 1.325 millones de euros a los antiguos mutualistas que lo habían solicitado.

Este conflicto parte de una sentencia del Tribunal Supremo que dictaminó que los jubilados que reciben pensiones de jubilación o invalidez procedentes de las antiguas mutualidades pueden reducir sus rendimientos del trabajo en la declaración de la Renta, con el objetivo de evitar una doble tributación en los casos en que las aportaciones a las mutualidades no pudieron deducirse en su momento.

Ahora, con el cambio en el procedimiento, las solicitudes ya presentadas pero que no contaran con acuerdo de devolución el pasado 22 de diciembre quedan sin efecto

En cumplimiento de esta sentencia, la AEAT habilitó el pasado marzo un formulario para que los potenciales beneficiarios solicitaran las devoluciones correspondientes a los ejercicios no prescritos, es decir, entre 2019 y 2023.

Ahora, con el cambio en el procedimiento, las solicitudes ya presentadas pero que no contaran con acuerdo de devolución el pasado 22 de diciembre quedan sin efecto, aunque se hubieran entregado mediante autoliquidación, solicitud de rectificación de autoliquidación o con el formulario.

Los mutualistas que se encuentren en esta situación tendrán que volver a solicitar su devolución, aunque completando cuatro formularios diferentes, uno para cada ejercicio, que se habilitarán en la página web de la Agencia Tributaria durante la Campaña de la Renta.

Así, durante la Campaña de la Renta de 2024, que se celebra entre los próximos 2 de abril y 30 de junio, los mutualistas podrán pedir la devolución correspondiente al IRPF de 2019 y los ejercicios anteriores no prescritos.

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