Opinión

Sánchez: el final de la escapada

Hay que reconocerle a Pedro Sánchez su asombrosa capacidad de superar dificultades, revolviéndose en un palmo de terreno, desdiciéndose en un corto período de tiempo de afirmaciones solemnes, proferidas en forma de compromisos rotundos,

  • El presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez. -

Hay que reconocerle a Pedro Sánchez su asombrosa capacidad de superar dificultades, revolviéndose en un palmo de terreno, desdiciéndose en un corto período de tiempo de afirmaciones solemnes, proferidas en forma de compromisos rotundos, mintiendo con asombroso descaro y pisoteando todas las reglas, tanto escritas como no escritas, de la democracia. Es difícil encontrar en la historia occidental contemporánea un gobernante más desaprensivo, inmoral, traicionero e implacable que el hoy presidente del Gobierno en funciones. Quizá sea esta desfachatez tan descarada, este total desprecio por las normas más elementales de la decencia, esta supeditación innoble de los intereses más vitales de la Nación cuya conducción le ha sido confiada a los suyos personales, este despliegue, en fin, hasta extremos superlativos, de maldad, egolatría y desprecio por la verdad, el que fascinó en su día a la militancia socialista y le otorgó su victoria frente a una Susana Díaz, que, pese a no ser un dechado de virtudes angelicales, es, comparada con él, una hermanita de la caridad. El Mal, llevado a niveles de perfección, puede tener un atractivo diabólico difícil de resistir.

Sánchez se enfrenta por primera vez a un obstáculo que ni siquiera su absoluta carencia de escrúpulos podrá superar. Este muro infranqueable es la Constitución de 1978

En su frenética y permanente huida hacia adelante con tal de retener el poder, nuestro personaje ha llegado, sin embargo, al agotamiento de su recorrido porque, como dijo celebérrimamente el legendario maestro de la muleta y el estoque, “lo que no puede ser no puede ser y además es imposible”. En efecto, Sánchez se enfrenta por primera vez a un obstáculo que ni siquiera su absoluta carencia de escrúpulos podrá superar. Este muro infranqueable es la Constitución de 1978. Su pretensión es clara, sortear nuestra Ley de leyes mediante una mutación constitucional encubierta que un Tribunal hecho a su medida admita como válida. Ahora bien, ni la amnistía a los golpistas de octubre de 2017 ni la autodeterminación de Cataluña caben ni con fórceps en la vigente Norma Suprema. Ninguna de estas dos exigencias de los separatistas puede ser satisfecha dentro del marco jurídico en vigor. Cada una de ellas implica una reforma profunda de la Constitución, tácita o explícita, que no es posible llevar a cabo mediante legislación ordinaria. La amnistía vulneraría los principios de igualdad entre los españoles, de separación de poderes y de que la prohibición de lo menor comporta la de lo mayor. La autodeterminación de una parte de la Nación choca de lleno con preceptos medulares de la Ley Fundamental contenidos en su Título Preliminar.

Al igual que la Ley de Amnistía de 1977, estuvo asociada a un cambio de régimen que alumbró una nueva Constitución democrática que reemplazó a las siete Leyes Fundamentales del Reino franquistas, es decir, a una transformación completa y radical del sistema institucional, político y jurídico, la imposición de una amnesia penal sobre el bochornoso intento de putsch separatista hace cinco años en Cataluña representaría, aunque de manera disfrazada, una modificación del ordenamiento básico imperante en España desde hace cuatro décadas y media. Es digna de hacer notar la advertencia por parte del sector llamado “progresista” del Supremo Intérprete de la Constitución de que nadie ha de dar por sentada su posición favorable a una hipotética amnistía para Carles Puigdemont y sus adláteres. Incluso Cándido Conde Pumpido es consciente de la inviabilidad del propósito del Gobierno y de ahí que tome precauciones. Hay chapuzas de un calibre tal que ni aun togas muy “embarradas por el polvo del camino” pueden digerir.

La Corona, en uso de sus atribuciones, puede proceder a “moderar” los excesos de un candidato imprudente y demorar su designación hasta que el horizonte se aclare

Un Ejecutivo tiene competencias para impulsar proyectos legislativos, pero no para pisotear el Estado de Derecho. La reforma constitucional se rige por los artículos 87, 167 y 168 de la Constitución y Pedro Sánchez presenta trazas de estrellarse contra ellos. Además, de acuerdo con el artículo 56.1, el Rey “arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones”, lo que significa que si el pacto de Sánchez con los independentistas para lograr su investidura presenta elementos “irregulares” que amenacen la integridad territorial del Estado o que ofrezcan indicios palpables de inconstitucionalidad, la Corona, en uso de sus atribuciones, puede proceder a “moderar” los excesos de un candidato imprudente y demorar su designación hasta que el horizonte se aclare. Tampoco conviene perder de vista el artículo 102.2 sobre la traición ni el 62 h sobre el mando supremo de las Fuerzas Armadas ni el 8.1 sobre la misión de los ejércitos. O sea, que según la magnitud de las tropelías que Sánchez se atreva a cometer, la probabilidad de que pise terreno resbaladizo y peligroso no es desdeñable.

Repetición de elecciones

La hipótesis de que vayamos a repetición de elecciones cobra cuerpo a medida que los diferentes sectores de la sociedad española, jurídico, empresarial, político, académico, funcionarial, militar, educativo y buen pueblo en general, adquieran conciencia creciente de que el precio que el secretario general del PSOE está dispuesto a pagar a los enemigos jurados de nuestra Nación para continuar vistiendo la púrpura es no sólo excesivo, sino inaceptable. La manifestación convocada en Barcelona el 8 de octubre permitirá valorar el nivel de movilización de la ciudadanía en defensa del imperio de la ley y de la unidad nacional y hasta qué punto el arribista de La Moncloa ha llegado al final de su escapada.

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