Un tribunal de trabajo de Brasilia ha condenado al Banco Santander a pagar una indemnización de 10 millones de reales (alrededor de 3,3 millones de euros) por daño moral colectivo a sus empleados al denunciarse un control irregular de la jornada de trabajo al no cumplir el banco el obligatorio intervalo de los trabajadores de la empresa. Ante está sentencia de la 7ª Vara de Justiça do Trabalho de Brasília cabe recurso. El banco que preside Emilio Botín no ha querido pronunciarse al estar el caso sub-judice.
La decisión prohíbe al Banco Santander prorrogar la jornada a los miles de empleados que trabajan para la entidad en Brasil, tal como se recoge en la Consolidação das Leis do Trabalho (CLT) por lo que deberá cumplir de manera adecuada el intervalo entre las jornadas de trabajo.
El valor de la indemnización tiene que ser entregado al Fondo de Amparo del Trabajador (FAT). Según la Fiscalía del Distrito Federal el Banco Santander modifico los horarios de entrada, salida y descanso de los empleados durante la jornada laboral. Para el Ministerio Público en la arbitraria medida existió “fraude en el punto electrónico del banco”.
La juez considera que fue constatado que las medidas adoptadas por el Banco Santander no fueron las adecuadas en los “controles de punto adoptados para el registro de los horarios de los empleados, sea por la modificación ilícita de los datos allí registrados o por la coacción a los trabajadores en el modo de impedir que efectuasen los registros de acuerdo con la jornada efectiva trabajada”.
En el caso que el banco incumpla la decisión judicial deberá pagar 10 millones de reales por empleado en situación irregular. La decisión puede ser recurrida por la entidad presidida por Emilio Botín.