Economía

Reducción jornada laboral: las claves del acuerdo de Yolanda Díaz con los sindicatos

Yolanda Díaz firma con CCOO y UGT un acuerdo para reducir la jornada laboral a 37,5 horas semanales en 2025, un pacto que no cuenta con el apoyo de la CEOE

  • Yolanda Díaz junto a los secretarios generales de UGT y CCOO. -

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha firmado este viernes un acuerdo con los secretarios generales de CCOO, Unai Sordo, y de UGT, Pepe Álvarez, para reducir la jornada laboral a 37,5 horas semanales en 2025. El pacto, del que se desmarcó la CEOE, comienza a dar forma a un compromiso recogido en el acuerdo de Gobierno. 

Según Yolanda Díaz, la reducción de la jornada afectará a 12 millones de personas. La ministra ha asegurado que, en los últimos 40 años, no se ha tocado la jornada laboral, mientras que ha aumentado la productividad por hora trabajada más del 50%, por lo que "ha llegado la hora de repartirla".

Registro de jornada obligatorio

Una de las claves del acuerdo es la obligatoriedad de las empresas de llevar un registro diario de la jornada laboral por medios digitales. Este registro deberá garantizar el cumplimiento efectivo de los requisitos previstos en el artículo 34 bis del Estatuto de los Trabajadores.

La información del registro deberá figurar en un formato tratable, legible y compatible con los de uso generalizado tanto para la empresa como para las personas trabajadoras y las autoridades competentes, que permita su documentación y la obtención de copias. El sistema de registro garantizará la interoperabilidad que permita su acceso y gestión.

Tanto las personas trabajadoras como sus representantes legales y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrán acceder de forma inmediata al registro en el centro de trabajo y en cualquier momento. Además, el registro deberá ser accesible de forma remota para la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y para la representación de las personas trabajadoras.

Sanciones para las empresas que no cumplan

El incumplimiento por parte de la empresa de la normativa en materia de registro de jornada dará lugar a una serie de presunciones en favor de la persona trabajadora. Entre ellas, se presumirá realizada la jornada ordinaria de trabajo, así como las horas extraordinarias y complementarias manifestadas por la persona trabajadora, salvo prueba en contrario.

Además, se considerará la comisión de una infracción por cada persona trabajadora afectada en los supuestos de ausencia de registro o el falseamiento de los datos registrados.

Derecho a la desconexión digital

El acuerdo también recoge el derecho a la desconexión digital para todos los trabajadores, incluidos aquellos que trabajan a distancia. Este derecho se concreta en la ausencia de toda solicitud de realizar una prestación laboral y la ausencia de comunicación de la empresa o persona en quien delegue, así como de terceros con relación comercial con la empresa, con la persona trabajadora por cualquier dispositivo, herramienta o medios digitales.

Las comisiones negociadoras de los convenios colectivos que a la entrada en vigor de esta norma contemplen una jornada superior a las treinta y siete horas y media semanales de promedio anual dispondrán de un plazo hasta el 31 de diciembre de 2025 para realizar las adaptaciones necesarias.

Además, el Gobierno se compromete a crear una mesa de diálogo social con los sindicatos y las asociaciones empresariales más representativas con el objeto de evaluar los resultados de la reducción de jornada y de seguir avanzando en la reducción de la duración máxima de la jornada legal ordinaria de trabajo.

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